El tribunal del IV Megajuicio de lesa humanidad en Mendoza resolvió elevar al Consejo de la Magistratura y la Cámara de Casación Penal de la Nación el pedido de los defensores de los acusados por complicidad y ejecución del plan represivo de recusar al juez Antonio Gomzález Mecías.
Juan Day, abogado particular de Luis Miret, recusó a González Macías, miembro del Tribunal Oral Federal Nº1, por "no contar con la necesaria imparcialidad", según argumentó, ya que fue designado cuando la dictadura estaba en retirada. La postura concitó la adhesión del abogado de Otilio Romano, Ariel Civit; la de Carlos Reig, patrocinante de policías y de la Defensora Oficial de los jueces.
Con esta avanzada respondieron los ex jueces al pedido de ampliación de la acusación por parte del Ministerio Público, que solicitó incluir las vejaciones sexuales de los acusados entre los delitos de lesa humanidad.
El Tribunal Oral Federal Nº1 presidido por Alejandro Piña informó que el pedido de recusación presentado contra su vicepresidente, Juan Antonio González Macías, será enviado al Consejo de la Magistratura de la Nación. Éste órgano será el encargado de asignar un juez que evaluará el pedido solicitado por los abogados defensores de los exmagistrados imputados. Mientras tanto esto se resuelva, Macías continuará en su cargo y el proceso de la megacausa proseguirá con normalidad.
El defensor de Miret había argumentado que la figura de “asociación ilícita” incluída en la reconceptualización de las imputaciones presentada por la Fiscalía podría involucrar a Macías al contemplar que para el año 1983, se desempeñaba como juez en la Justicia Provincial.
González Macías ofreció este lunes una breve exposición en respuesta a los motivos que se incluyen en su recusación. Se explayó sobre la resolución dictada por él el 7 de octubre de 1983, a cuatro días de hacerse cargo del Juzgado en San Juan, en donde declara “la inaplicabilidad de la ley 22924, de autoamnistía, dictada durante la dictadura cívico militar para evitar la condena de los militares en democracia, por violentar artículos de la constitución Nacional”.
En este sentido, el magistrado agregó que “esa ley de perdón ofendía a los militares que trabajaron en el marco de la Ley porque les daba un perdón que no habían pedido al no cometer ninguna irregularidad”.
Por su parte, el abogado Pablo Salinas en representación del Movimiento Ecuménico de Derechos Humanos y Familiares de Desaparecidos/as en Mendoza expresó al Tribunal su rechazo “inlimine” de la reedición de recusaciones ya rechazadas por la Corte Suprema de la Justicia de la Nación y agregó que “este tipo de planteos no tiene más que fines dilatorios”.
Fuente: Ministerio de Desarrollo Social