Fue después de las argumentaciones de Dante Vega y Patricia Santoni, con el respaldo de Jorge Auat, quienes solicitaron cambiar la imputación a los ex magistrados, que antes era sólo de omisión de investigación.
La Fiscalía y la querellas del juicio a jueces en Mendoza modificaron la acusación para Otilio Romano, Luis Miret, Guillermo Max Petra Recabarren y Rolando Evaristo Carrizo, quienes quedaron formalmente acusados de homicidio agravado, imputación en la que coincidieron el Ministerio Público Fiscal y los querellantes del MEDH y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
Fue después de las argumentaciones de Dante Vega y Patricia Santoni, con el respaldo de Jorge Auat, quienes solicitaron cambiar la imputación a los ex magistrados, que antes era sólo de omisión de investigación. Al abrirse el debate, la parte acusadora aplicó calificaciones más gravosas a los otros delitos por los que se los juzga.
Con argumentos que remiten a la doctrina y a otros aspectos jurídico legales, el Fiscal Dante Vega acompañado por el Procurador General para delitos de Lesa Humanidad, Jorge Auat, echaron mano del “principio de congruencia” para fundamentar los agravantes solicitados en los casos de detención y torturas.
Los imputados quedaron encuadrados en privación abusiva de la libertad, tormentos agravados por la condición de perseguidos políticos, allanamiento ilegal de morada y asociación ilícita.
Romano debe responder por 33 casos de homicidio agravado, 26 de privación abusiva de la libertad, 36 de tormentos agravados, 1 omisión de investigación, 1 allanamiento ilegal y asociación ilícita. Son en total 97 hechos.
Miret está acusado de 7 casos de homicidio calificado, 18 de privaciones abusivas de la libertad, 6 de tormentos, 1 allanamiento ilegal, 3 casos de robo agravado y asociación ilícita. Son 35 hechos.
Carrizo tiene 2 casos de homicidio, 14 de privación abusiva de la libertad, 2 de tormentos, 1 allanamiento ilegal y asociación ilícita. Son 19 casos.
Petra quedó con 17 casos de homicidio, 5 de privación de la libertad y asociación ilícita.
Además de los ajustes en la causa de los ex jueces, en todas las otras, excepto la de los ex policías del D 2 Lapaz y González, hubo ampliaciones. Reiteradamente se expuso que privación abusiva de la libertad seguida de la desaparición forzada es homicidio; que los tormentos privación abusiva de la libertad y el robo simple, es agravado.
Fuente: juiciosmendoza.wordpress.com