Lucas Lecour y Sergio Salinas, abogados de Xumek que representaron a la parte querellante en el caso por la investigación de la muerte de José Luis Bolognesi -cometido en San Martín, en setiembre de 2002- realizaron una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con el objetivo de declarar la eventual responsabilidad del Estado y principalmente procurar justicia para los familiares.
Lecour y Salinas elevaron el caso ante la Comisión, previo paso para que sea analizado por la CIDH después de dos juicios en los cuales se abordó el crimen sin que nadie fuera preso. "Hay una confesión por parte de los jueces en el fallo de una violación del Estado del deber de investigar seriamente y de la tutela judicial efectiva, que son las garantías que deben brindarse en una investigación", detalló Lecour a EXPLÍCITO.
"Para que haya impunidad se requiere, por lo menos, la convergencia de tres factores: actores con poder interesados en obtenerla; un Estado permeable o débil a ese embate, y tolerancia social hacia ese abuso de poder", señaló a Los Andes el juez Eduardo Orozco, quien presidió el debate y dejó constancia en el fallo sobre su parecer acerca de la culpabilidad de Abdo Girala, hijo del empresario Daniel Girala: "Tengo por acreditado el homicidio de José Luis Bolognezi y, asimismo, tengo por acreditado que Abdo Girala fue uno de los autores de su muerte", fueron sus palabras textuales en el fallo.
Los querellantes que acudieron ahora a la Comisión Interamericana remarcaron que hay evidencias y las llevarán a esa instancia internacional, de "todas las irregularidades y maniobras corruptas acaecidas durante la investigación y las violaciones a los derechos establecidos en la Convención Americana".
"Hubo omisiones deliberadas, errores en la investigación corrupción y manejo arbitrario de jueces y fiscales", enumeró Lecour a este diario.
En ese sentido, el juez Orozco señala en el fallo al detalle las omisiones e irregularidades que arrancan desde el momento en que es avistado el cuarpo de Bolognezi en un baldío: "La llegada de las autoridades al baldío de calle Albuera marcó el inicio de lo que sería un extenso proceso penal. Y polifácetico: por la impericia policial en las medidas iniciales, por el desequilibrio institucional y la desorganización de su gestión investigativa, por la falta de transparencia institucional, por la falta de protección a los familiares de la víctima, por la manipulación del curso investigativo por Daniel Girala a través de diferentes personas, y, como contrapartida: por actuaciones policiales individuales bien realizadas". Es decir, una cadena de responsabilidades institucionales.
Señala también el juez su intención de no convalidar en el segundo juicio los "resultados de una actuación estatal irregular o ineficaz; y por el deber de dar a conocer lo ocurrido a la sociedad en su conjunto. Aspecto, este último, que atañe a la dimensión colectiva de la verdad: un estándar que ha sido fijado por la Corte IDH y que hemos tratado de alcanzar".
Algunos de los puntos irregulares que el fallo de Orozco destaca:
Falta de pericia policial en las primeras medidas
La impericia policial quedó evidenciada en las primeras medidas investigativas. Los policías actuantes no sólono preservaron el escenario del crimen sino que contribuyeron a su alteración. José Ramos y Abel Espalla, ambos de Policía Científica, coincidieron en que los policías que los precedieron habían contaminado el lugar del hecho, señala el fallo.
Situaciones como éstas, que el Comisario Walter Cabrera atribuyó a la falta de preparación que en ese momento tenía la policía de San Martín, han sido tratadas por la Corte IDH, que ha considerado que la custodia de la escena del crimen es un paso fundamental para realizar una buena investigación.
Señala el fallo: "Desde esta perspectiva, fue también irregular que, al trasladar el cadáver desde San Martín hasta el Cuerpo Médico Forense de Mendoza, los policías se desviaran en la ciudad de Palmira. Como el Comisario José Núñez, Jefe de la División Criminalística, no había ido al lugar del hecho esa mañana, sus dependientes se acercaron hasta su casa “para que viera” el cuerpo de la víctima. En la audiencia, Espalla reconoció el error de esta medida. Ramos también. Aunque en sede instructoria este último fue menos lacónico".
Desequilibrio institucional y desorganización en la gestión investigativa
La Comisaría 12° de Policía, que fue una de las primeras dependencias que se ocupó de este caso, fue apartada de la investigación treinta y un días después de haberse producido el homicidio de Bolognezi.
"Este temprano descabezamiento de la cúpula, que incluyó el traslado de sus superiores a otras dependencias, y la reasignación de la causa a comisiones que no terminaron de consolidarse como equipo investigativo, es lo que me lleva a hablar de desequilibrio institucional; desequilibrio, nótese, en el inicio mismo de la investigación de este caso", remarca en la sentencia el juez Cardoso.
Los antecedentes de este relevo están en un escrito de fecha 15 de octubre (fs. 204). Allí se lee que el DJuan Day, entonces Fiscal de Instrucción, y el Dr. Francisco Caltabiano, abogado de la parte querellante, le solicitaron al Juez Schulz que apartara de la causa a la Comisaría 12°, y que encargara “con exclusividad” la investigación del hecho a la División de Investigaciones de la zona Este.
"Los esfuerzos investigativos de la Seccional 12° se centraron en establecer si Bolognezi pudo ser atropellado por un vehículo, o si su muerte tuvo relación con un homosexual, o con un Renault 18 que fue visto esa noche (ver fs.116/119). Ninguna de estas hipótesis fue confirmada", remarcó el magistrado.