Se anuncia un fallo salomónico de la Corte Suprema en las causas contra el tarifazo del gas, que en el fondo facilitará la aplicación del cuadro tarifario anunciado por el ministro de Energía, Juan José Aranguren.
Esto significa que el fallo del tribunal superior del país dejaría como facultad del Poder Ejecutivo la determinación del precio de gas en boca de pozo, lo que por extensión allanaría el camino para validar el aumento practicado en febrero en el precio mayorista de la electricidad.
En la Ley 24.076 el precio del gas lo debía definir el mercado. Según esa norma dictada en 1992, tras el período inicial de un año luego de la privatización de Gas del Estado , "se desregularán los precios de gas en punto de ingreso al sistema de transporte (PIST) y las transacciones de oferta y demanda gasífera serán libres dentro de las pautas que orientan el funcionamiento de la industria, de acuerdo con el marco regulatorio".
Desde 2003 por las leyes de emergencia económica, el precio del gas lo fija el Poder Ejecutivo. Pero según una interpretación legal, por el artículo 42 de la Constitución de 1994, que establece los derechos de los consumidores, el valor del gas también debería ser tratado en audiencia pública.
Si la Corte considera hoy que el Gobierno tiene facultades para fijar el precio del gas, quedará en pie la mayor parte del aumento dispuesto a partir del 1 de abril, con lo que podría decirse que el ministro Juan José Aranguren no quedó tan desairado. Se estima que el 70% de las subas aplicadas se debe al valor del gas y el 30% a transporte y distribución.
Si se mantiene el llamado PIST, las facturas se verían reducidas con retroactividad al 1 de abril sólo por la parte en que aumentaron los márgenes de transportistas y distribuidoras. Igualmente el Gobierno se vería obligado a aplicar los topes del 400% para hogares y del 500% para industrias, porque dictó las resoluciones aunque no las puso en vigencia debido al fallo de la Cámara de la Plata.
Al fijar esos topes, el Gobierno había establecido que transportistas y distribuidoras no tuvieran cambio en sus ingresos y sí lo hubiera para las productoras de gas que a su vez serían compensadas por un subsidio equivalente del Estado.
Fuente: Ámbito