Tercera semana de protestas

La Corte pidió a Trabajo que dicte la conciliación obligatoria para frenar el paro de judiciales por los salarios de pobreza que paga Cornejo

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Con la tercera semana de paro de empleados y funcionarios judiciales en marcha, la Suprema Corte, el Ministerio Publico Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa solicitaron la Conciliación Obligatoria a la Subsecretaría de Trabajo para evitar que la afectación en la atención sea mayor. 

La Corte se metió en la paritaria, pero los judiciales seguirán de paro por los sueldos de pobreza que ofrece Cornejo

En una misiva firmada por las máximas autoridades del Poder Judicial de Mendoza, dirigida a Rodrigo Herrera, de la Subsecretaría de Trabajo, se pidió el dictado de la conciliación obligatoria entre el Poder Judicial y las Asociaciones Gremiales -que representan tanto a Empleados como a Funcionarios- a fin de poner fin al conflicto actual de público conocimiento.

Según las autoridades judiciales, "el pedido está motivado por las medidas de acción directa tomadas por los gremios (que datan del mes pasado) y por el nuevo anuncio de un paro para el lapso entre el 27 y 31 del corriente mes".

Los judiciales están de paro por los salarios de pobreza que ofrece Alfredo Cornejo, que en paritarias les impuso a todos los gremios entre un 10% y un 11% de aumento referenciado a diciembre de 2023, "entonces en verdad el aumento es de 7%", resumió Ricardo Babillón, representante del gremio de empleados.

El comunicado reza textualmente: "El conflicto que se lleva a cabo afecta la prestación del servicio de justicia, por lo que se considera que un espacio de diálogo y participación con escucha activa de las partes involucradas permitirá alcanzar una solución al mismo. Las medidas de acción directa llevadas a cabo por agentes y funcionarios judiciales impactan en la gestión de las causas que tramitan, la realización de audiencias en todos los fueros, en definitiva, en el acceso a la justicia por parte de la ciudadanía".

"En consecuencia, es que se solicita su intervención y la declaración de apertura del procedimiento de conciliación obligatoria (art. 62° ley 8729), fijando
audiencia de inicio (art. 63º ley 8729) para que las partes involucradas en el presente conflicto comparezcan ante usted", concluye la nota.

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