La Cámara de Diputados sancionó la Ley de Boleta Única de Papel, que replica el modelo instaurado en Mendoza a instancias del caudillo radical Alfredo Cornejo. La iniciativa se impuso por una amplia diferencia de votos consolidada con el concurso de los legisladores del oficialismo y los de los bloques colaboracionistas. Implica un cambio radical en el formato de la presentación de los candidatos en las elecciones nacionales, que licúa la centralidad de los partidos políticos en el ordenamiento de las propuestas para el electorado.
En adelante, los electores deberán marcar sus preferencias entre todas las opciones listadas en una sola boleta en lugar de optar entre las boletas de las agrupaciones en competencia.
El gobierno de Javier Milei anunció que apurará la reglamentación de la Ley para implementarla en las legislativas del año que viene.
La votación de los diputados resultó con 143 votos afirmativos, 87 negativos y 5 abstenciones. A favor votaron el oficialismo, sus aliados y todos los bloques de la oposición dialoguista (UCR, Encuentro Federal, Coalición Cívica, Innovación Federal, entre otros). Los votos en contra fueron de Unión por la Patria, con una única excepción: la del jujeño Guillermo Snopek. Las abstenciones surgieron del Frente de Izquierda.
El proyecto de Boleta Única de Papel obtuvo media sanción de Diputados en junio de 2022, fue modificado por el Senado y finalmente sancionado por la cámara de origen.
De acuerdo a las modificaciones de la cámara revisora, precisó Parlamentario.com, se cambió el modelo cordobés por el mendocino (provincias donde ya se aplica esta herramienta), con los cargos a elegir en filas horizontales y las agrupaciones políticas ordenadas verticalmente.
Entre los cambios producidos en el Senado se eliminó la posibilidad de votar por la propuesta completa de una agrupación tildando un solo casillero en la boleta, una condición que impusieron los bloques de los partidos provinciales para acompañar la iniciativa. Diputados radicales y de Encuentro Federal cuestionaron ese punto y prometieron trabajar para modificarlo en el futuro.
La sanción del proyecto significó un triunfo para el gobierno de Javier Milei, que encabezó las negociaciones que neutralizaron el poder del peronismo para mantener cajoneada la iniciativa en el Senado, sin espantar a los colaboracionistas reacios a la concesión que exigieron los provinciales.
Los legisladores representantes de fuerzas provinciales se opusieron al casillero de lista completa porque conspiraba contra sus posibilidades en las elecciones presidenciales, en las que, por lo general, no presentan candidatos al Ejecutivo, pero sí para las cámaras del Congreso.
El formato para cada categoría
En la BUP aparecerá el nombre de la agrupación política; la sigla, símbolo distintivo y el número de identificación de la agrupación política; además de la categoría de cargos a elegir.
Para el caso de presidente y vice: nombre, apellido y fotografía color de ambos candidatos; para el caso de la lista de senadores nacionales, nombre y apellido de los candidatos y fotografía color de las personas titulares; para el caso de la lista de diputados nacionales, deberá contener como mínimo los nombres y apellidos de los 5 primeros candidatos y candidatas de la lista, a excepción de los distritos que elijan un número inferior, en cuyo caso se consignarán el total de los candidatos y candidatas. En todos los casos se incluirá la fotografía color de los primeros dos 2 candidatos titulares.
La lista de parlamentarios del Mercosur por distrito nacional deberá contener el nombre y apellido de los 5 primeros candidatos y candidatas de la lista con fotografía color de los 2 primeros; mientras que la lista de candidatos a parlamentario del Mercosur por distrito provincial llevará nombre y apellido y fotografía color del candidato titular.
Detalles para la implementación
La ley establece que cada Junta Electoral Nacional adaptará dicho modelo y diseñará la BUP de acuerdo a la oferta electoral de su distrito. En tanto, el Poder Ejecutivo establecerá las medidas máximas y mínimas que podrá tener la BUP, así como también aquellas pautas técnicas y materiales que resulten necesarias para su implementación.
A partir de estos cambios, se producirán movimientos en el calendario electoral: las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) se adelantarán del segundo al primer domingo de agosto; se pasa de 50 a 60 días anteriores a la elección el plazo para el registro de la lista de candidatos proclamados; de 40 a 45 días para exhibir el diseño de la boleta única; y la campaña electoral se iniciará 60 días antes de las elecciones -actualmente es 50-.
Otro de los artículos indica que la justicia federal con competencia electoral y la Dirección Nacional Electoral deberán llevar adelante una campaña de difusión y capacitación destinada a informar a la sociedad acerca de las características del sistema de BUP.