Con lobby y plata de Canadá, empresas mineras violaron Derechos Humanos en Latinoamérica, según un tribunal

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Así lo determinó el Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP), un órgano independiente de opinión fundado en de 1979 en Italia.

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Luego de finalizar una audiencia de tres días, en la que se escucharon alegatos contra varias empresas mineras de capital canadiense, el Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP) determinó que estas compañías han incurrido en violaciones a los derechos humanos, en varios países de la región donde operan.

El TPP estableció que las empresas Barrick Gold, Gold Corp, Tahoe Resources, Blackfire Exploration y Excellon Resources cometieron varias violaciones a derechos humanos en Guatemala, Argentina, Chile, Honduras y México, países en los que operan desde hace varios años.

Asimismo, señaló que el Estado de Canadá ha tenido responsabilidad en estos casos, al haber facilitado, tolerado o encubierto dichas faltas, así como por impedir el acceso de las víctimas a un recurso que las protejas de tales violaciones.

Entre las faltas atribuidas a las compañías, según el veredicto preliminar del Tribunal, se encuentran las de violación al derecho a la vida, a la alimentación, a la salud, al agua, a la vivienda, a la libertad e integridad de las personas, a la seguridad y a un medio ambiente sano y protegido.

Asimismo, se les acusa de violar el derecho a la libre participación, a la consulta y consentimiento previo, libre e informado a las comunidades donde operan, así como su derecho a un desarrollo propio y al ejercicio pleno de su cultura y tradiciones.

El TPP consideró que la expansión minera canadiense en el continente no hubiera sido posible sin la promoción y ayuda directa del Estado de Canadá, que colaboró con ésta mediante diferentes acciones, políticas y programas gubernamentales.

La intervención de Canadá se materializó mediante injerencias indebidas en la reforma de la legislación minera y ambientan en los países donde operan las mineras, a través de apoyo económico y financiero, canalizado por la Oficina de Inversiones del régimen de Pensiones de Canadá, y por impedimento de acceso a la justicia canadiense a las personas afectadas por las actividades mineras.

La promoción internacional del comercio y las inversiones de las empresas canadienses no pueden ignorar la primicia que el derecho internacional concede a los derechos humanos, afirmó la Corte.

El TPP es un órgano independiente de opinión fundado en de 1979 en Italia, por el abogado Lelio Basso, que puede, a demanda de las personas y organizaciones, examinar las violaciones sistemáticas a los derechos humanos.

Fuente: Argenpress

 

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