Elsztain, principal beneficiario

Cornejo, Marinelli y la entrega de agua a empresarios del poder: elevaron una demanda de inconstitucionalidad a la Corte

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Este jueves, el conflicto por el manejo del agua en Mendoza sumó un nuevo capítulo judicial: el abogado ambientalista y regante Marcelo Romano presentó un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia contra la Resolución 125/2025 del Departamento General de Irrigación (DGI), que autorizó nuevas perforaciones en la Subcuenca El Carrizal, margen derecha del río Mendoza. La zona había sido declarada en restricción apenas seis meses antes por el mismo organismo, mediante la Resolución 1108/2024.

Marinelli, jefe de Irrigación y del riñón de Alfredo Cornejo, autorizó la perforación de pozos en áreas de acuífero restringido

La medida benefició a grandes empresarios, entre ellos Cresud SAFIC y A., del grupo IRSA, propiedad de Eduardo Elsztain, el empresario cercano al presidente Javier Milei y quien lo alojó en su hotel cuando ganó el ballotaje, con cinco pozos para regar 424 hectáreas. La habilitación contradice informes técnicos, jurídicos y científicos que alertan sobre la vulnerabilidad del acuífero.

Los pozos entregados a Cresud van a irrigar 424 hectáreas en Agrelo. Las tierras, que antes apenas tenían valor, pasaron a cotizar entre 12 y 24 millones de dólares, tras acceder al recurso. Entre los restantes beneficiarios están Young Woo (Santa María de Los Andes), Walter Bressia (presidente de Bodegas de Argentina) y Pedro García Mateo.

Pidieron a Cornejo y Marinelli que frenen la entrega de pozos de agua a Elsztain y otros empresarios

“Hipotecar el agua del mañana”

Romano calificó la resolución como “ilegal, injusta e insostenible”, y acusó al DGI de priorizar intereses particulares por encima de la protección del agua. “Autorizar pozos hoy significa hipotecar el agua del mañana. Esta resolución viola la Constitución, desconoce la ley y pone en riesgo la vida y la producción de Mendoza”, afirmó.

El recurso se apoya en cinco pilares que, según el denunciante, evidencian una grave vulneración de derechos:

  • Violación constitucional: La Resolución 125/2025 vulnera el derecho a un ambiente sano (art. 41 CN) y el uso sustentable del agua como bien común.
  • Crisis hídrica ignorada: El propio DGI reconoció desde hace más de 25 años la sobreexplotación del acuífero. Informes del INA, la UNCuyo y Mekorot advierten riesgos críticos que fueron desoídos.
  • Arbitrariedad institucional: Con los mismos estudios, el DGI pasó de prohibir extracciones (Res. 1108/2024) a autorizarlas. La publicación tardía y el compromiso previo en una causa judicial agravan la irregularidad.
  • Falta de controles ambientales: Se omitió la Evaluación de Impacto Ambiental exigida por la Ley 5961, negando además la información pública y la audiencia ciudadana obligatoria.
  • Riesgo colectivo: Más de un millón de mendocinos podrían verse afectados por el deterioro de la Cuenca del Río Mendoza, con consecuencias en la producción, el empleo y la calidad de vida.

Romano también expuso la incoherencia normativa con una comparación contundente: “En Mendoza, la Ley 5961 obliga a que un supermercado de apenas 0,25 hectáreas presente un estudio de impacto ambiental. Sin embargo, la Resolución 125/2025 autoriza proyectos que afectan más de 590 hectáreas de riego agrícola, sin exigir ese mismo control”.

¿Un punto de quiebre o más impunidad?

La presentación judicial podría abrir una instancia de revisión institucional, aunque el antecedente de causas archivadas contra el oficialismo siembra dudas sobre su impacto real. En un contexto de crisis hídrica y concentración de recursos, el conflicto por el agua en Mendoza vuelve a poner en tensión el modelo de desarrollo, la equidad territorial y la sustentabilidad ambiental.

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