Contextos de encierro en Río Negro

Cuestionan la idea de que las visitas de organismos de DD.HH. a las cárceles deban informarse con antelación

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El Observatorio de Derechos Humanos de Río Negro manifestó su preocupación por la "falta de voluntad para erradicar las viejas prácticas de tortura y malos tratos o penas inhumanas, degradantes y humillantes", según remarcó en un comunicado.

Destacó que como medida de prevención para los lugares de encierro, como (geriátricos, hogares de niñxs, cárceles, comisarías, y otros), se ha adoptado un sistema de  visitas sin previo aviso como un modo de disuadir sobre el uso de estas prácticas. Sin embargo, hay una pretensión oficial de que quienes protegen a quienes están en contextos de encierro avisen previamente sobre sus visitas.

Aunque ya existe una ley, de 2010, que creó el Comité Provincial de Evaluación del Seguimiento y Aplicación de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el Ejecutivo impulsa una nueva norma en la que incluye en uno de sus artículos la citada obligación de preavisar antes de visitar internos.

En ese sentido, rechazaron el proyecto de Ley 418/2019,  que se discutirá este viernes en la Legislatura de Río Negro, y enumeraron los motivos:

1.- El proyecto de ley impide el ingreso sin previo aviso al requerir permisos y autorizaciones de las autoridades de los diversos establecimientos, arguyendo la necesidad de garantizar  seguridad.

2.- La composición prevista en este proyecto reduce la participación de las organizaciones de la sociedad civil.. Acrecienta el número de legisladores y lo lleva a tres. E incluye dos miembros del Poder ejecutivo Pierde así la independencia recomendada para sus integrantes por la normativa internacional.

No otorga ninguna participación a los organismos de derechos humanos, desconoce la trayectoria de estos en la provincia, no exige trabajo previo mediante visitas en contextos de encierro.

3.- Elimina la publicidad en Boletín oficial o en otro medio,  del Informe anual y limita la presentación ante la Comisión especial de Derechos Humanos de la Legislatura (Art. 11 de proyecto Nro. 418/2019).

4.-  Expresamente excluye la posibilidad  de que los miembros del Comité contra la Tortura local puedan percibir remuneraciones y afecta así la autarquía financiera.

Recalcaron en ese sentido que más que una nueva ley para que se cree el Comité contra la Tortura, ya creado por la legislación vigente, "se necesita la implementación de la actual, su puesta en marcha".

Y cierran: "Si resulta imprescindible su modificación, pedimos que  se ajuste a los estándares establecidos en el Protocolo de la Convención contra la Tortura y que  respete el principio de no regresividad".

 

 

Roca, Fiske Menuco, Provincia de Río Negro, 30 de septiembre  de 2019

 

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