La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal le negó al senador socialista Rubén Giustiniani el acceso al texto completo del contorvertido acuerdo entre YPF y la multinacional Chevron por la explotación del yacimiento neuquino de Vaca Muerta.
"La divulgación del contenido del acuerdo firmado con la firma Chevron puede comprometer secretos industriales, técnicos y científicos, con el consecuente incumplimiento contractual", respondieron los camaristas Rodolfo Facio y Carlos Grecco.
"Tampoco puede soslayarse que la confidencialidad invocada por YPF SA respecto de dicho acuerdo, otorga razonablemente el derecho a mantenerla, en tanto la divulgación de la información de aquella naturaleza puede provocar, al mismo tiempo, el incumplimiento contractual y una afectación del referido derecho", añadieron.
Giustiniani había presentado una "acción de amparo por acceso a la información" mediante la cual "solicitó que se condene a YPF SA a entregar la "documentación que negó expresamente, requerida mediante una nota del 22 de agosto de 2013, y su reiteratoria del 6 de septiembre de 2013".
"Dicho pedido está relacionado con la calidad ambiental y con las actividades a desarrollar por YPF y Chevron en las áreas de Lomas de La Lata Norte y Loma Campana", añadió el senador santafesino.
Giustiniani cuestionó la supuesta existencia de "cláusulas secretas en el contrato", entre ellas un hipotético "compromiso que obliga al país a entregar por más de 35 años una zona que es la tercera más rica del mundo en petróleo y gas no convencional" y una "cláusula que asegura el cobro a perpetuidad de regalías aunque Chevron se retire del negocio".
La Cámara recordó en su fallo que "existe una norma legal específicamente aplicable a YPF SA, como es el artículo 15 de la ley 26.741", según el cual no le es aplicable "legislación o normativa administrativa alguna que reglamente la administración, gestión y control de las empresas o entidades en las que el Estado nacional o los Estados provinciales tengan participación", de modo tal que "no puede ser aplicada a YPF SA legislación o norma alguna de control de la administración".
El fallo reivindica la privacidad de esos detalles del contrato cuando se trate de "secretos industriales, comerciales, financieros, científicos o técnicos; o información que comprometa los derechos o intereses legítimos de un tercero obtenida en carácter confidencial".