Neuquén

El Defensor del Pueblo denunció como inconstitucional el aumento del boleto de colectivos

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Mientras que esta semana aumentan el taxi y el estacionamiento medido, el defensor del Pueblo, Ricardo Riva, fue contra otra aumento: presentó una acción de inconstitucionalidad en la que solicita suspender la aplicación del nuevo cuadro tarifario del servicio público de transporte de colectivos en la ciudad de Neuquén. El recurso se presentó ante el Tribunal Superior de Justicia.

La acción está fundamentada en la delegación de facultades del Concejo Deliberante al Ejecutivo Municipal, a través de la ordenanza N° 13374/2015 (artículo 6) que cedió la prerrogativa de actualizar las tarifas del servicio de transporte de pasajeros. "Si es como decimos no se puede hacer aumentos por decreto", precisó Riva sobre los alcances de la presentación.

Agrega que lo mismo ocurre con el decreto municipal N°809/2018, sustentado en atribuciones conferidas por al deliberante. Al respecto, Riva dice que la Carta Orgánica establece en el artículo 67, inciso 18, señala taxativamente que entre las atribuciones del CD está la de “aprobar las tarifas de los servicios públicos”. En ese sentido, agrega que la Constitución Provincial en el artículo 12 afirma que “los poderes públicos, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, no podrán delegar sus atribuciones, ni los magistrados y funcionarios sus funciones bajo penal de nulidad.”

En la exposición el defensor explicó que la delegación de atribuciones se hizo efectiva mediante la mencionada ordenanza N° 13374, cuestión que decidió “en forma indebida” y de modo unilateral el Ejecutivo con los decreto N° 284/2016 que llevó el precio del boleto de $ 8,63 a 9,95; continuó con el decreto N° 43/2017, que lo aumentó hasta $13,9; el decreto N° 73/2018 que lo llevó a $18,7 y a través del decreto N° 437/2018 que lo fijó en $ 19,12.

Agregó Riva que en dichos decretos no existe convalidación de las tarifas. El nuevo régimen solo contempla la comunicación por parte del Ejecutivo al CD, con posterioridad a la determinación de la nueva tarifa.

Aumento con final abierto: el precio del boleto se va a $21,50, pero si caen todos los subsidios puede llegar a $33,04

Acota el defensor que en los últimos años, el Ejecutivo ejerce dicha facultad discrecional sin ningún tipo de control ni eventual convalidación del Deliberante.

Riva también sostiene que la Carta Orgánica en el artículo 4 dispone que el municipio organizará su gobierno bajo el principio del régimen republicano, hecho que implica adoptar la división de poderes, con lo cual las funciones de cada uno de ellos, son indelegables.

El cuadro tarifario fijado por el Ejecutivo implicó un nuevo aumento de la tarifa, que se suma al del 5%, que comenzó a regir a partir del 5 de julio de 2018, sumado al constatado en el mes de febrero de este año, totalizando ello un incremento superior al 40% en lo que va del año.

Agrega que dichos aumentos dispuestos en forma en forma unilateral y sin aprobación del Concejo, constituyen un artilugio puesto en acto cuya declaración de inconstitucional se peticiona.

La presentación cuenta con el patrocinio letrado de Marta Lemus y Silvio Baggio, abogados de la Defensoría del Pueblo.

 

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