El Gobierno reconoció que la Ley de Alquileres fracaso en el cumplimiento de sus objetivos -entre ellos el de proteger a los inquilinos de la escalada de precios- y anticipó que prepara otra.
"La Ley de Alquileres, que pretendía asegurar a inquilinos y propietarios, terminó disminuyendo la oferta, retrayendo la posibilidad de desarrollar el negocio y además generando incertidumbre y dificultades para el inquilino", sentenció Sergio Massa, presidente de la Cámara de Diputados, en un acto por el Día de la Construcción.
El oficialismo espera que la nueva propuesta pueda estar lista en diciembre y tener "la mejor ley en el menor tiempo posible". Massa propuso en este sentido suspender la ley por 180 días para acelerar el nuevo tratamiento.
En el entorno de Massa dejaron trascender algunos puntos que se le cuestionan a la ley y estarían en discusión:
Desde el entorno de Massa aseguran que se encuentran revisando la demandas de las partes, que se concentran en cuatro puntos de la ley:
* Plazos de los contratos. La ley vigente aumentó de dos a tres años el plazo mínimo de alquiler y estableció mayores restricciones para que los propietarios rescindan el contrato. Estas condiciones generaron que una de las principales demandas de los dueños sea volver a los contratos de dos años y es uno de los temas que se analizarán en la revisión de los artículos que encarará el congreso. Para la Federación de Inquilinos, los tres años fueron un avance y mencionaron que en países de Europa existen contratos incluso más largos para dar previsibilidad a los inquilinos.
* Indice de actualización. Una de las principales demandas de las y los inquilinos tiene que ver con los porcentajes de actualización con los que se enfrentan al cumplirse el año del contrato. A diferencia de la situación anterior, en la que los propietarios fijaban aumentos semestrales por los dos años que duraba el alquiler, la nueva ley estableció que los ajustes se efectúan utilizando un índice conformado en partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración promedio de los trabajadores del sector privado formal (RIPTE), elaborado y publicado por el Banco Central.
Sin embargo, dado el aumento interanual de los precios -de 52,1 por ciento- y el RIPTE, los guarismos que empezó a arrojar el índice se encuentran en un nivel superior al 50 por ciento y preocupa a los inquilinos. Para aquellos que firmaron contrato el 1 de diciembre de 2020, el índice de actualización cuando se cumpla el año será de 51,37 por ciento.
- Garantías. Con la nueva ley, el inquilino debe otorgar hasta dos posibles garantías que pueden ser además un aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o una garantía personal del inquilino como el recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio, una de las cuales debe aceptar el propietario.
Sin embargo, quienes reciben los reclamos de la ley aseguran que a los inquilinos les sigue costando conseguirlas y pretenden analizar este punto a fin de que no sea un obstáculo para alquilar, al tiempo que genere tranquilidad en los dueños.
- Registro AFIP. La normativa establece que todos los contratos deben ser declarados ante la AFIP. El ministro Jorge Ferraresi aseguró que apenas 230.000 de los 2,5 millones que tienen en radar están inscriptos. El diagnóstico oficial es que el registro no funcionó.