Fue el magistrado que tuvo a cargo la instrucción de la causa. El Tribunal que absolvió al ex presidente o los otros imputados consideró que actuó de forma ilegal.
El Tribunal Oral Número III envió al juez Daniel Rafecas, instructor de la causa por supuestas coimas en el Senado, al Consejo de la Magistratura, para que investigue el modo en que encaminó el expediente, en particular el testimonio de Mario Pontaquarto.
Esta mala noticia para el magistrado al finalizar el año lo deja muy mal parado de cara al proceso que ya enfrenta en la Comisión de Acusación del organismo encargado de designar y destituir a los jueces.
En el marco de la lectura de la sentencia que absolvió a los ocho acusados por el supuesto pago de coimas para la aprobación de la reforma a la Ley laboral durante la presidencia de Fernando De la Rúa, el tribunal fue particularmente crítico con Rafecas por cómo manejó la instrucción de la causa. Según supo INFOnews, los jueces lo acusarían por "manejos oscuro para llegar al juicio con nada". De hecho no se pudo probar el delito y la causa quedó sin condenados.
El juez ya tiene un frente abierto en el Consejo de la Magistratura, que decidió dejar para el año que viene el proceso en su contra por filtrar datos de la causa en que se investiga al vicepresidente, Amado Boudou en el marco de la causa Ciccone. Rafecas reconoció que intercambió mensajes vía el sistema de chat telefónico "WhatsApp" con un abogado pero negó que esos coloquios informales hubieran revelado cuestiones sensibles de la causa ni alterado su curso.
Rafecas fue apartado de esa investigación por la Cámara Federal por los mensajes con Danuzzo Iturraspe. Para el juez, esa decisión del tribunal debiera bastar para zanjar la cuestión, según el escrito que presentó ante la Comisión de Acusación y Disciplina del Consejo.
"Mantuve con dicho abogado conversaciones de carácter privado, reservado, en un marco de confianza a partir de una relación de amistad y en términos absolutamente coloquiales de por sí demostrativos de que no debían trascender a terceras personas, en el marco de las cuales intercambiamos opiniones y puntos de vista –como pude haberlas mantenido en la mesa de entradas del juzgado–, en especial acerca de las repercusiones mediáticas de la causa", explicó Rafecas. Desde su punto de vista, si bien "pudo haber una palabra de más o un tiempo verbal mal empleado, de ningún modo se salen del marco de buena fe".
Luego de que el magistrado rechazara las sospechas en su contra, la Comisión deberá resolver si propone su suspensión y envío al Jurado de Enjuiciamiento.
En el fallo, el Tribunal expresó: "La prueba producida en el debate y las constancias del proceso permitieron comprobar una sustancial violación a las reglas del debido proceso y la defensa en juicio, al quedar demostrada la parcialidad de algunos de los jueces que intervinieron en la instrucción, en particular del Dr. Daniel Rafecas, con la anuencia de los Dres. Delgado y Freiler, quienes estaban encargados de controlar la legalidad del proceso. Al respecto, cabe destacar que se limitó arbitrariamente el ejercicio del derecho de defensa de los imputados: impidiendo su intervención en el interrogatorio de testigos; denegando la prueba sustancial de descargo; y omitiendo su convocatoria para participar en procedimientos irreproducibles", continúa el texto.
"A su vez -continúa el fallo-, se advirtió una marcada parcialidad en la recepción y valoración de la prueba: se interrogó de manera intimidatoria a algunos testigos; se persiguió sistemáticamente a todo aquel que no ratificara la hipótesis acusatoria; se manipuló la prueba para arribar a conclusiones preestablecidas, llegando, incluso, a la fantasiosa reconstrucción de hechos a partir de diálogos imaginados sin sustento en la prueba; se siguió a ultranza los dichos de Mario Luis Pontaquarto sin emplear el más mínimo sentido crítico, soslayando, incluso salvando, sus numerosas contradicciones, cambios, rectificaciones y agregados de último momento. En esa línea, se denostó a algunos de los imputados, funcionarios de un gobierno democrático, al compararlos, por sus supuestos métodos, con "los horrores vividos durante la última dictadura militar" (sic).
"Además, saltan a la vista graves irregularidades formales, tales como: pseudocareos impropiamente realizados; la intervención del juez instructor junto con los abogados Ribas y Wortman Jofré, más Daniel Bravo, en la presentación de la mendaz declaración de Sandra Patricia Montero; la desnaturalización de las directivas de la Cámara Federal, omitiendo reconstrucciones y sustituyendo el peritaje por ella ordenado, con otro de nula relevancia técnica; la concesión de ventajas indebidas a la querella, permitiendo su asistencia a las declaraciones testimoniales a las que se había denegado el acceso a las defensas; la intermediación para que los imputados aceptasen que la querella presencie sus declaraciones, retransmitiendo, cuando éstos se negaron, las preguntas que la Oficina Anticorrupción pretendía formular", concluye, sobre la figura de Rafecas.
Fuente: Télam