La minera fue intimada a pagar 16 millones de dólares con un descuento de 25%. Sin embargo, la justicia cree que el proceso estuvo viciado y que hay que sancionar a la empresa por cada una de sus violaciones ambientales.
El Tribunal Ambiental de Chile anuló el proceso de sanción por el cual se le aplicó a Barrick Gold una multa de 16 millones de dólares impuesta por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por dañar el ambiente en su faena de dinamitar la cordillera de Los Andes en busca de oro y plata. El fallo sostiene que el proceso por el cual se sancionó a la minera estuvo viciado y que la multa debería ser mayor.
"Este tribunal ha llegado a la convicción que los vicios de legalidad descritos precedentemente son de tal entidad, que sólo cabe la anulación de la resolución reclamada”, consignó la sentencia. El Tribunal Ambiental resolvió -en forma unánime- anular la resolución con la que la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) multó al proyecto Minero Pascua-Lama, impulsado por Barrick Gold y le ordenó rehacer en su totalidad la resolución sancionatoria, resolviendo los vicios e ilegalidades contenidos en el primer documento.
A la postre, el mandamás de la Barrick, Peter Munk, había conseguido un descuento sobre esa multa de un 25%. La organización ambientalista Greenpeace calificó de "irrisoria" la sanción impuesta.
Al acoger parcialmente las reclamaciones contra la resolución N° 477 –emitida por la SMA el 24 de mayo de 2013- el Tribunal Ambiental determinó mantener las medidas "urgentes y transitorias" ya impuestas, es decir la paralización total del proyecto minero y la obligación de construir, a la brevedad, las obras de resguardo necesarias para la protección de los recursos hídricos.
Después de analizarlo en extenso, el tribunal resolvió rechazar el criterio utilizado por la SMA, que agrupó las 22 infracciones cometidas y reconocidas por la minera para fijar las sanciones. A través de un supuesto “concurso infraccional”, la Superintendecia tomó 19 de ellas y conformó solo dos incumplimientos, los que sumados a las tres restantes dieron lugar a una multa total de 16.000 unidades tributarias.
Según el tribunal, la SMA incurrió en ilegalidad al sancionar los trece incumplimientos a la RCA como una sola infracción y considerar el número de incumplimientos como agravantes, por lo que deberá, al dictar la nueva resolución, proceder a sancionar cada uno de los incumplimientos en forma independiente, realizando la calificación de cada uno de ellos conforme a los criterios del artículo 36 de la LOSMA y determinar, conforme a los criterios del artículo 40, cuál es la sanción correspondiente de acuerdo a una debida fundamentación. (…) deberá proceder de la misma forma respecto de, a lo menos, los seis incumplimientos a la Resolución N° 107, ya que también se les sancionó como una sola infracción por aplicación del denominado “concurso infraccional”, calificado como improcedente por este Tribunal”, subrayó el Tribunal Ambiental.
Comunidades diaguitas satisfechas
Lorenzo Soto, abogado de las comunidades diaguitas que se oponen al proyecto minero Pascua Lama, de la minera Barrick Gold, estimó que las nuevas multas a Pascua Lama podrían empinarse hasta los US$ 300 millones.
"Esta sentencia, muy relevante, va a sentar jurisprudencia en materia ambiental (...) No obstante estar paralizado el proyecto, la sanción aplicada se anula y por lo tanto el proyecto de sanción vuelve todo a foja cero, se retrotrae y esto significa en la práctica que el proyecto Pascua Lama tendrá un retraso aún mayor dada la incertidumbre y las demoras que implicarán este proceso", expuso a CNN Chile.
Según Soto, las infracciones que ellos tienen en cuenta ha cometido el proyecto binacional son cerca de 30, con lo cual la sanción podría superar los US$ 300 millones.
"Recordemos que incluso que la sanción posible es la revocación del permiso ambiental", aseguró el abogado.
Fuente: economiaynegocios.cl/cnn