En Buenos Aires crearon el "Registro no llamar" para los usuarios que no quieran llamadas o sms con promociones ni propaganda

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Fue con una ley que, además, impone que las publicidades se podrán realizar (a los usuarios no inscriptos) sólo los días hábiles de 10 a 12 y de 16 a 19.

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Los usuarios de telefonía fija o celular que residan en la provincia de Buenos Airees y no quieran recibir mensajes de texto o llamadas publicitarias o de venta a través del sistema de telemarketing pueden anotarse en el "Registro no llamar", según una ley que ya fue reglamentada y que tiende a esquivar la invasión de publicidad y promociones a través de los teléfonos.

La norma establece que la Dirección Provincial de Comercio será la encargada de confeccionar, actualizar y resguardar información y los antecedentes relacionados a cada persona física o jurídica inscripta.

La inscripción y baja en el registro se realizará indistintamente a través de la presentación de un formulario escrito y/o un formulario vía internet que estarán disponibles en el sitio oficial del Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología. Cada inscripción se identificará individualmente con número correlativo y fecha en que se realizó.

Las compañías de telemarketing son las responsables de notificarse tanto de las altas como de las bajas de usuarios de servicios telefónicos con asiento o facturación en la Provincia de Buenos Aires que se inscriban.

En el decreto quedó establecido que le cabe la responsabilidad del cumplimiento de esta normativa a los llamados Call Centers; a toda persona física y/o jurídica que desarrolle una actividad comercial, empresaria, institucional con o sin fines de lucro, que por sí o a través de la contratación de un tercero, utiliza para publicitar, vender y/o regalar bienes y/o servicios el sistema de telemarketing o centros de llamadas y al productor de mensajes (definido como “quien materializa el mensaje o llamado telefónico a través del sistema de telemarketing o centros de llamadas”).

La norma además impone que estas llamadas publicitarias o de venta se podrán realizar (a los usuarios no inscriptos) solamente los días hábiles de 10.00 a 12.00 y de 16.00 a 19.00 horas.

Fuente: Infojus

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