La Corte anuló un fallo de Río Negro que eximía a una empresa de remediar la contaminación

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La Corte dejó sin efecto un fallo de la Justicia de Río Negro que eximió a una empresa involucrada en un caso de contaminación de la ejecución de un plan para remediar los daños. El máximo tribunal del país se expidió sobre el caso a instancias de un planteo de la Defensoría General de Río Negro contra una sentencia del Superior Tribunal de Justicia de la provincia patagónica.

La Corte Suprema de la Nación, en una resolución que fue divulgada este martes, anuló la sentencia dictada en la provincia y ordenó que se emita un nuevo fallo que considere la realización de un plan de remediación.

Sin efecto quedó un fallo de la máxima instancia de la Justicia de Río Negro que había convalidado el rechazo tácito de las medidas de remediación solicitadas por la actora (La Defensoría) frente a la contaminación con plomo y otros metales pesados procedentes de la ex Fundición de la Mina Gonzalito, ubicada en la localidad de San Antonio Oeste.

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