El máximo tribunal declaró admisible el per saltum para el fallo de primera instancia emitido por la jueza Servini de Cubría, quien declaró inconstitucional la reforma del Consejo. El fallo completo
La Corte Suprema declaró admisible el per saltum que solicitado por el Gobierno nacional para los dos fallos de la jueza María Servini de Cubría, que declararon inconstitucional la nueva ley del Consejo de la Magistratura de la Nación. Esto significa que el máximo tribunal se abocará de inmediato a la causa, sin esperar el trámite judicial de rutina.
La Corte dio trámite al per saltum por "razones de urgencia", y dispuso abreviar los plazos del proceso judicial.
Según el fallo de la Corte, "concurren los requisitos de marcada excepcionalidad" para pronunciarse sobre el reforma: "La sentencia recurrida trae como efecto la cancelación de un procedimiento electoral mediante el sufragio universal destinado a cubrir cargos públicos electivos, circunstancia de gravedad institucional".
Por otro lado, alega que al encontrarse en curso un cronograma electoral estructurado en diversas etapas que se integran con plazos breves "sólo la decisión final por parte de esta Corte de las cuestiones constitucionales planteadas permitirá evitar situaciones frustratorias de los diversos derechos puestos en juego en estas actuaciones".
La nueva ley de reforma del Consejo de la Magistratura, promovida por la Casa Rosada, establece que los representantes de los jueces, abogados y académicos ya no sean designados por sus pares sino por el voto popular y que sólo puedan presentarse a elecciones en boletas de partidos políticos.
Fuente: La Nación
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