Con un fallo de dos contra uno la Suprema Corte de Mendoza habilitó a Alfredo Cornejo a despedir a más de 5 mil empleados estatales que ingresaron a trabajar desde 2015. La sentencia, votada a favor por los jueces José Valerio y Pedro Llorente (afines a la UCR) y en contra por Omar Palermo (cercano a Justicia Legítima y grupos de Derechos Humanos) declaró inconstitucional el ingreso a planta de empleados acordados en distintas paritarias.
El fallo aborda el artículo 1 de la Ley 8798, que homologó la paritaria del entonces gobernador Francisco Pérez en mayo de 2015, por la que pasaron a planta permanente miles de celadores, guardaparques, personal de la administración central entre otros.
Señala el fallo:
“1.- Hacer lugar parcialmente a la acción de inconstitucionalidad interpuesta a fs. 33/50 por la Fundación Centro Latinoamericano de Derechos Humanos y en nombre y representación de Juan José Archúa y, en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 8.798 en cuanto ratifica la homologación de los siguientes puntos: punto 4.2. Titularización de Celadores, Decreto N° 767 (paritaria de Dirección General de Escuelas); punto 5 del Decreto 771 (paritaria de Guardaparques); punto 2 del Decreto N° 772 (paritaria de Salud); punto 2 del Decreto N° 774 (paritaria del Tribunal de Cuentas); Decreto N° 775 (paritaria Poder Judicial), en cuanto “las partes acuerdan: el pase a planta, de los trabajadores que se encuentran bajo la modalidad de contratos de locación de servicio, en la categoría que revisten actualmente, los cuales están individualizados en la planilla adjunta; punto 6 del Decreto N° 778 (paritaria del Instituto Provincial de Juegos y Casinos); punto 16 y 17 del Decreto N° 779 (paritaria de Administración Central) y rechazar la acción en cuanto a la pretensión de declaración de inconstitucionalidad de todos los actos que dependan directa o indirectamente del art. 1 de la Ley 8.798”.
Los pases a planta de estos empleados públicos, según el cornejismo, fue irregular porque "no habían ingresado a la planta estatal por concurso público de oposición y antecedentes".
Como parte de la retórica del ajuste y achique estatal, Cornejo podrá ahora despedir a esas 5 mil personas. La propaganda oficial indica que se trata de una movida para transparentar los ingresos al Estado. "A partir de este fallo de la Suprema Corte de Justicia, todo ingreso y ascenso al Estado deberá ser por concurso de oposición y antecedentes, principio este que fue violado por anteriores administraciones", señalan desde el oficialismo.
Celebro este fallo de la Suprema Corte de Justicia, que por mayoría (con un voto en disidencia) exige que todo ingreso y ascenso en el Estado debe ser por concursos de oposición y antecedentes, algo que ha sido una bandera de mi gestión. Esto limita la discrecionalidad que podría…
— Alfredo Cornejo (@alfredocornejo) September 23, 2024