La Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena a 13 años de cárcel impuesta a Milagro Sala en la causa "Pibes Villeros", en la que se la acusó de "asociación ilícita" y "defraudación al Estado", un fallo que la dirigente social jujeña rechazó por haber sido emitido por un tribunal que responde "a la derecha".
"Lamentablemente, la Corte Suprema responde a la derecha, responde a la embajada de Estados Unidos", dijo Sala en diálogo con Télam poco después de conocerse el fallo. TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723. lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
Una vez conocida la decisión de la CSJ, el gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, informó que solicitó a la Fiscalía de Estado de la Provincia que, en su rol de querellante, requiera que Sala cumpla la pena en una cárcel común.
"Lamentablemente, la Corte Suprema responde a la derecha, responde a la embajada de Estados Unidos", dijo Sala en diálogo con la agencia Télam poco después de conocerse el fallo. Aseguró estar "tranquila" por lo realizado por su organización: "Más de ocho mil compañeros con vivienda dejamos", resumió.
"Macri tiene más de 180 causas y tiene lo que hizo desaparecer, la plata del Fondo Monetario Internacional. No está preso porque es un gran empresario que responde a la derecha", manifestó la líder jujeña, quien luego remarcó: "En cambio, a la 'Negra' Milagro, que construyó, que laburó, que se rompió trabajando, sí la condenan".
Sala, desde su domicilio en el barrio de Cuyaya de la capital jujeña, donde se encuentra detenida por motivos de salud, llamó a "tomar consciencia" de lo que consideró una ofensiva contra las mayorías populares. "Me hago eco de lo que dijo Cristina (Kirchner): que no solo venían por nosotros, sino que vienen por el pueblo. No nos olvidemos de los cuatro años de Macri y de los muchos derechos que nos quitaron", advirtió Milagro Sala.
No susceptible de revisión
En el texto de la resolución, los magistrados fundamentaron su decisión en que se trata de un litigio del ámbito de la justicia jujeña no susceptible de revisión por la vía del recurso extraordinario. "Es un criterio sostenido por esta Corte que la autonomía que la Constitución Nacional reconoce a las provincias requiere que se reserven a sus jueces las causas que en lo sustancial del litigio versen sobre aspectos propios de esa jurisdicción, en virtud del respeto debido a sus facultades de darse sus propias instituciones y regirse por ellas", señala el fallo.
Además, advierte que "en consonancia con esa premisa fundamental es que se ha resuelto, reiteradamente, que los pronunciamientos por los cuales los más altos tribunales provinciales deciden acerca de los recursos locales que son llevados a su conocimiento no son susceptibles de revisión por la vía del recurso extraordinario".
Los jueces plantearon como excepción a esa premisa "que se demuestre una lesión a un derecho de raigambre federal o que la sentencia, por sus graves defectos de fundamentación o razonamiento, no constituya una derivación razonada del derecho vigente, aplicado a las circunstancias de la causa".
La Corte Suprema tenía pendiente desde marzo de 2020 la apelación de la fundadora de la Túpac Amaru a esta condena, dictada por la Justicia jujeña, a 13 años de prisión por presunta defraudación de fondos públicos. Se trata de la causa conocida como "Pibes villeros", en la que la dirigente social fue acusada de encabezar una asociación ilícita con funcionarios provinciales y cooperativistas con los supuestos fines de defraudar al Estado.
Sala fue condenada a 13 años en primera instancia y la decisión fue confirmada luego por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy y por la Cámara de Casación Penal. Por tratarse de un expediente con sentencia definitiva, la Corte aceptó el recurso de queja y el compromiso de fallar, aunque sin plazos como en todas las causas que toma el alto tribunal.
En el texto de la resolución, los magistrados apoyaron su decisión en que se trata de un litigio del ámbito de la justicia jujeña no susceptible de revisión "por la vía del recurso extraordinario".
"Es un criterio sostenido por esta Corte que la autonomía que la Constitución Nacional reconoce a las provincias requiere que se reserven a sus jueces las causas que en lo sustancial del litigio versen sobre aspectos propios de esa jurisdicción, en virtud del respeto debido a sus facultades de darse sus propias instituciones y regirse por ellas", señala la resolución.
Además, advierte que "en consonancia con esa premisa fundamental es que se ha resuelto, reiteradamente, que los pronunciamientos por los cuales los más altos tribunales provinciales deciden acerca de los recursos locales que son llevados a su conocimiento no son susceptibles de revisión por la vía del recurso extraordinario".
Los jueces plantearon como excepción a esa premisa "que se demuestre una lesión a un derecho de raigambre federal o que la sentencia, por sus graves defectos de fundamentación o razonamiento, no constituya una derivación razonada del derecho vigente, aplicado a las circunstancias de la causa".
El fallo está firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda.
Sala, desde su domicilio en el barrio de Cuyaya de la capital jujeña, donde se encuentra detenida por motivos de salud, llamó a "tomar consciencia" de lo que consideró una ofensiva contra las mayorías populares.
La Corte Suprema tenía pendiente desde marzo de 2020 la apelación de la fundadora de la Túpac Amaru a esta condena, dictada por la Justicia jujeña, a 13 años de prisión por presunta defraudación de fondos públicos.
Se trata de la causa conocida como "Pibes villeros", en la que la dirigente social fue acusada de encabezar una asociación ilícita con funcionarios provinciales y cooperativistas con los supuestos fines de defraudar al Estado.
Sala fue condenada a 13 años en primera instancia y la decisión fue confirmada luego por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy y por la Cámara de Casación Penal.
Por tratarse de un expediente con sentencia definitiva, la Corte aceptó el recurso de queja y el compromiso de fallar, aunque sin plazos como en todas las causas que toma el alto tribunal.
A lo largo de la evolución de la causa, la Corte intervino mayormente para rechazar los recursos presentados por la defensa de Sala.