La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Pedro David, dio curso favorable a una acción de hábeas corpus colectiva iniciada por la Defensa Pública Oficial y la Procuración Penitenciaria de la Nación, en la que se peticionó la equiparación de los derechos laborales de los presos a las condiciones de trabajo libre.
El fallo, según explicó el Centro de Información Judicial (CIJ), se basó en el principio constitucional de "igual remuneración por igual tarea" (arts. 14 bis y 75, inc. 22), para las personas privadas de su libertad.
El voto magistrado Slokar argumentó que “no puede ser ajeno a la cuestión laboral carcelaria que enfrentar las inseguridades es combatir a la par la inseguridad civil y la inseguridad social”.
Y concluyó que “para cualquier preso que trabaje no pueden dejar de gobernar como estándares -entre otros- el derecho a la remuneración y la regla de asimilación al trabajo libre, con todos sus alcances, (asignaciones familiares, obra social, cobertura frente a accidentes de trabajo, capacitación laboral, agremiación) por imperio del principio de progresividad. En este ámbito, como en el medio libre, nunca es tan necesario recordar el eterno adagio: el trabajo digno dignifica al hombre.”