Opinión: "La Corte Suprema está ante la oportunidad de dar un debate histórico sobre la minería en Mendoza"

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mineria

Por Ignacio Giuffré*
Especial para Explícito

El autor critica la resolución de la Suprema Corte que rechaza el pedido de realización de una audiencia pública en la causa sobre la inconstitucionalidad de la Ley 7.722 y realiza una fundamentación de las audiencias públicas en casos como los de la citada norma, en tanto "constituyen un procedimiento que permite efectivizar la participación ciudadana en los asuntos públicos, conforme los Tratados Internacionales de Derechos Humanos", según se lee en la exposición.

"Los tribunales, otrora autistas y aislados deben ser receptivos al interés público y a la opinión pública a los efectos de tomar decisiones democráticas. Pues el objeto de las audiencias públicas, según Lorenzetti, es: lograr un gobierno abierto, con transparencia absoluta de la información y procurar que los intereses de los ciudadanos sean tenidos en cuenta por los poderes públicos, obteniendo así una instancia institucional de participación ciudadana –distinta al voto–", señala el autor.

Este es el documento completo:

 

*El autor es especialista en Derecho Constitucional

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