Dos días al calabozo

Repudio de organizaciones sociales al encarcelamiento de un hombre por limpiar vidrios en una esquina

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Basándose en el Código de Faltas impulsado por Alfredo Cornejo, el Segundo Juzgado de Faltas de Mendoza envió a la cárcel por dos días a un hombre que buscaba ganarse la vida en una esquina de Las Heras limpiando vidrios, lo que generó el repudio de un colectivo de organizaciones sociales entre las que se encuentran La Colectiva Mendoza, Irrompibles Mendoza, M17, Victoria Popular y el Colectivo de Lucha por Les Pibes (CELPI).

"El Estado es el responsable de generar condiciones para una alternativa digna de trabajo, sin embargo la respuesta que el gobierno da es el encierro. Las organizaciones políticas y sociales que firman este comunicado repudiamos la condena de arresto impuesta a una persona por "cuidar autos" en la Ciudad de Mendoza", señalaron en un comunicado de repudio a la detención de este hombre, de 42 años, que pasará 48 horas en un calabozo de la Alcaidía 1, ubicado en la caballería de la Policía, a 1 km al norte del penal de Boulogne Sur Mer.

"Queremos que quede claro que el arresto, en este caso, es Ilegal y por lo tanto la persona está privada ilegítimamente de su libertad. Exigimos que se deje de estigmatizar, perseguir y reprimir al pueblo con Códigos de Faltas y Ordenanzas nefastas. La salida debería ser la aplicación de políticas de empleo y de ampliación derechos", indicó CELPI.

Esta organización relevó este año los afectados por la criminalización del Código de Contravenciones, describiendo su situación: “Las familias que actualmente se hallan desplazadas de su actividad laboral en el cuidado y lavado de autos en el microcentro de la provincia, cuentan en su trayectoria con numerosas vulneraciones de derechos en cuanto acceso a atención médica, educación, vivienda, trabajo y justicia. Expresan que el hecho de no poder continuar trabajando implica incertidumbre respecto al desarrollo y futuro de sus hijos/as, se registran altos niveles de angustia frente a la pérdida de su empleo, ‘a la hora de poner la mesa’, de afrontar gastos de medicamentos, materiales escolares, traslado de sus hijos/ as a la escuela y pago de alquiler de sus viviendas", sostuvieron.

Se trata de grupos familiares que "han desplegado estrategias de supervivencia a través de la organización colectiva y de fortalecer los lazos solidarios, compartiendo el techo y la comida, sin embargo se sienten expulsados/as una vez más, de cualquier intento de mejorar sus condiciones de vida. A la situación de incertidumbre y de angustia, se suma el convivir a diario con mensajes desde los medios de comunicación que refuerzan la estigmatización, asociando la actividad laboral con el delito, condicionando aún más las posibilidades de realización de los sujetos en términos de proyecto de vida. Desde el momento que las autoridades gubernamentales decidieron prohibirles desempeñar su actividad laboral han sido detenidos por el aparato policial, los sujetos y las sujetas de las que se habla, claramente son invisibles para el Estado en términos de políticas sociales de inclusión, pero si son objetos de intervencención desde el aparato punitivo, evidenciando una real criminalización de la pobreza”.

Alcaidía donde permanecerán presos limpiavidrios y cuidacoches según lo previsto por el Código de Faltas.Foto: Ministerio de Seguridad de Mendoza

Están contemplados en la Ley de Emergencia

Estos sectores de la economía popular como los cuidacoches, limpiavidrios, vendedores ambulantes y otros han sido reconocidos por la Ley Nacional 27345 sobre Emergencia Pública que tiene por objeto “[…] promover y defender los derechos de los trabajadores y trabajadoras que se desempeñan en la economía popular en todo el territorio nacional, con miras a garantizarles alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, cobertura médica, transporte y esparcimiento, vacaciones y protección previsional, con fundamento en las garantías otorgadas al ‘trabajo en sus diversas formas’ por el artículo 14 bis y al mandato de procurar ‘el progreso económico con justicia social’ establecido en el artículo 75, inciso 19, ambos de la Constitución Nacional”, recordó a su turno la ong Xumek.

A su vez, el Decreto reglamentario 159/17 de la Ley 23345 establece que se entiende por “economía popular” toda actividad creadora y productiva asociada a mejorar los medios de vida de actores de
alta vulnerabilidad social, con el objeto de generar y/o comercializar bienes y servicios que sustenten su propio desarrollo o el familiar, siguiendo las definiciones establecidas por la Organización Internacional de Trabajo (OIT) y del Ministerio de Trabajo.

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