Que los delitos por los que está imputado el ex camarista estén inscriptos en un genocidio fue determinante para que el máximo tribunal rechazara seguir manteniendo al mendocino al resguardo de la justicia argentina.
La Corte Suprema dictaminó que se acabó el asilo de Otilio Romano en ese país. El tribunal rechazó los planteos del ex camarista, acusado por la comisión de delitos de lesa humanidad, para seguir resguardándose de la Justicia argentina en el vecino país, bajo la condición de perseguido político.
El tribunal supremo del país trasandino consideró como elemento legítimo para la extradición las actuaciones de la instrucción de las causas en las que fue imputado Romano en el Tribunal Federal Número 1 de Mendoza. Al igual que la potestad de ese tribunal para calificar los hechos en los que está implicado el ex camarista.
La tercera argumentación de la Corte chilena destruye la postura que igualaba la extradición de Romano y el de Galvarino Apablaza, por una razón madre: a Romano se lo investiga como autor de delitos cometidos de un plan militar que causó un genocidio. En términos ordinarios, el tribunal supremo de Chile argumentó que las extradiciones no pueden ser resueltas por canje ni negadas cuando son pedidas con pruebas para imputar delitos de lesa humanidad al extraditado.
La sentencia completa