Alejandro Cibotti tomaba 16 pastillas por día. Hasta que empezó a tratar sus dolores con leche de aceite de cannabis que le proveyó su hijo. Su consumo es legal en países como Holanda y Uruguay.
Por Mariana Iturriza
Para Infojus
Probar la marihuana fue un antes y un después para Alejandro Cibotti. Nada tuvo que ver el efecto relajante o recreativo asociado habitualmente a su uso. En 1998 le diagnosticaron VIH. Años más tarde, comenzó a sufrir otras enfermedades derivadas y tomaba 16 pastillas por día. Era coauditor de alimentos y bebidas en colegios porteños cuando, en 2009, la administración macrista cerró el programa. Esto le provocó una crisis que terminó con una polineuritis sensitiva, que es la falta de mielina en los nervios, con intensos dolores. A lo largo de dos años sufrió mareos y calambres que lo hacían desmayarse del dolor. Un día el SAME lo trasladó al hospital para darle morfina. Al regresar a su casa, su hijo lo esperaba con una leche de aceite de cannabis. “A partir de ahí, fue como un escaneo, empecé a sentir el alivio que le pedía a dios todos los días de mi vida”, contó Alejandro a Infojus Noticias. “Y pensé: esto es maravilloso; ¿cómo hago para tenerlo cuando lo necesite?”
A partir de ese momento su vida cambió: el dolor se convirtió “en un mal recuerdo”, y comenzó su investigación y activismo en pro de la legalización del cannabis para uso medicinal. Así se acercó al equipo de abogados y profesionales de la legisladora María Rachid, quienes lo asesoraron para presentar un recurso de amparo ante la Justicia. “Yo lo que quiero es que el hospital me provea de cannabis en estado natural. Y si no me lo puede dar o me lo niega, que me permitan cultivarlo”, relata.
En Argentina la legislación no discrimina si el uso del cannabis es recreativo o medicinal. Tener o plantar marihuana para uso personal es ilegal, aunque ya no está penado. Así lo explicó el juez platense César Álvarez, que en noviembre de 2012 sobreseyó a una pareja que cultivaba en su casa de Ensenada plantas de marihuana para consumo personal: “No nos hemos metido con los aspectos sanitarios, no tiene nada que ver si es para uso medicinal o recreativo; nosotros hicimos un análisis normativo.”
En ese caso, la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata consideró inconstitucional el anteúltimo párrafo del artículo 5 de la Ley 23.737 de Tenencia y Tráfico de Estupefacientes, por considerar que viola el artículo 19 de la Constitución Nacional, sobre las acciones privadas de los hombres, cuya base es la autonomía. “Si está destinada a consumo personal, está dentro del ámbito de las acciones privadas; no puede ser un delito”, explicó el juez Álvarez. “No hay manera de que afecte a otro, y el Estado no puede meterse”.
El consumo de cannabis es legal en países como Holanda y Uruguay. En algunos estados de EE.UU. es legal su uso con fines medicinales.
“La compra venta de droga implica la vinculación de los consumidores con el narcotráfico y el crimen, y el autocultivo evita todo tipo de vinculación con ese mundo”, dijo Álvarez a Infojus Noticias. “El narcotráfico existe y es muy peligroso. Lo más preocupante es el poder paraestatal; no la marihuana ni la cocaína, sino la sustitución del poder del Estado. Ese poder efectivo, real, territorial que hace el narcotráfico y al que la organización del Estado no puede dejar nunca de combatir.”