
El Gobierno de Mendoza oficializó la remisión a la Legislatura de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto minero PSJ Cobre Mendocino, impulsado por la empresa Minera San Jorge S.A. La Resolución Nº 405/2025 marca un punto de inflexión: se trata de un proyecto caro a los intereses de Alfredo Cornejo, quien anhelaba el debate legislativo pero esperó a recibir un espaldarazo en las urnas para impulsarlo formalmente.
A tres días de que el oficialismo obtuviera el 53% de los votos -en rigor la alianza LLA-UCR- y en la antesala del evento Argentina Mining Cuyo 2025, el gobernador mandó la DIA. En la víspera, hasta llegó a decir que Uspallata apoyaba el proyecto de oro y cobre, pese a que la lista oficialista obtuvo allí 10 puntos menos que en la Provincia.
Cornejo esperó el aval masivo de las urnas para mandar un paquete de leyes para impulsar la megaminería metalífera en Mendoza
Como parte del envión eufórico post elecciones, Cornejo anunció también un paquete de leyes mineras: la Ley de Regalías Mineras, la DIA de Malargüe Distrito Minero Occidental II , anunció el MDMO III, y la creación de un Fondo Compensador Ambiental. Lo hizo flanqueado por el secretario de Minería de la Nación, Luis Lucero.
“Tengo fe en que Mendoza puede hacer minería de la mejor, con estándares ambientales altos y con capacidad de competir en el mundo. Podemos generar riqueza, elevar los salarios y mejorar la calidad de vida de nuestra gente. Hay una ventana de oportunidades y no debemos dejarla pasar”, aseguró.
Protestas, audiencias y tensiones en la cordillera
La DIA fue emitida tras meses de movilización social, con protestas y manifestantes detenidos y con causas judiciales en su contra. Los dos últimos, Liza Rule y Martín Iglesia, imputados después de dos días en el calabozo sin acusación.
Como parte del trámite se realizaros dos audiencias: una oficial, en el campamento de la minera, y otra autoconvocada por vecinos en la capilla del pueblo. La Autoridad Ambiental Minera —integrada por las direcciones de Minería y de Gestión y Fiscalización Ambiental— elaboró un informe técnico que respondió a las intervenciones, con un expediente de casi 6.000 páginas.
Dos audiencias por San Jorge reavivaron la fractura social que causó la minería en Uspallata
El proceso de la DIA, indicó el Ejecutivo, involucró a más de 100 profesionales, 16 organismos técnicos y la Comisión Evaluadora Interdisciplinaria Ambiental Minera (CEIAM). También se reactivó el Consejo Provincial del Ambiente, que no se reunía desde hacía más de una década.
Sin embargo, el conflicto persiste. La semana pasada hubo manifestaciones en la Ciudad, pero Cornejo desestimó el peso político de estas expresiones, calificando a los manifestantes de “violentos” y de "hacerse las víctimas" a quienes fueron detenidos.
La 7722, una ley que aún resiste
Aunque el gobernador ha manifestado su intención de reformar la Ley 7.722 para evitar el paso legislativo de la DIA, la resistencia social y territorial sigue siendo activa. La norma, considerada “antiminera” por empresarios y “guardiana del agua” por asambleístas, obliga al Ejecutivo a someter el proyecto a votación en ambas cámaras.
Informe Explícito: Ley 7722, parida en el territorio, defendida en las calles
Con mayoría oficialista, el trámite legislativo podría resolverse rápidamente. Pero el debate promete ser intenso, en una provincia donde la minería despierta tanto expectativas como rechazo.
Exigencias que no le hacen mella a San Jorge
Mientras el expediente avanza hacia la Legislatura, en Uspallata crece la inquietud por las consecuencias que tendría el proyecto para la villa cordillerana. La DIA impone una batería de exigencias técnicas, ambientales y sociales que, aunque ambiciosas, no logran disipar las dudas sobre los impactos reales en una región de alto valor ecológico, cultural y turístico.
De hecho l CEO de San Jorge, Fabián Gregorio, celebró la aprobación y el envío de la Declaración de Impacto Ambiental a la Legislatura y dijo que las exigencias del Gobierno "no afectan" a la empresa "negativamente". Fue en la apertura de Argentina Mining en la Nave Cultural este jueves. El evento reúne a empresarios del sector y funcionarios que impulsan la minería metalífera a gran escala en Mendoza.

El agua, recurso escaso y en riesgo
El componente hídrico es el más controvertido. La empresa deberá implementar redes de monitoreo superficial y subterráneo, registrar caudales diarios (Art. 129, 137), impermeabilizar los depósitos de colas (Art. 72) y presentar balances hídricos ajustados a escenarios de sequía. También se exige la clausura técnica de pasivos como escombreras y tajos, y la recuperación de cauces intervenidos.
Se establecen planes de monitoreo hidroquímico y físico (Art. 149) y un plan de acción ante contingencias hídricas (Art. 120). Pero especialistas advierten que el monitoreo no reemplaza la prevención. “La Ciénaga de Yalguaraz podría sufrir alteraciones irreversibles si los controles fallan”, advierte un geólogo local.
Polvo en suspensión y emisiones
La DIA exige un plan de control de polvo (Art. 69), cálculo de emisiones de gases de efecto invernadero (Art. 70), y monitoreo de aire durante toda la operación (Art. 150). También se prevé una red de estaciones meteorológicas conectadas por telemetría (Art. 116).
En Uspallata, las asambleas alertan que los vientos de altura y las tormentas de polvo podrían superar la capacidad de respuesta de los sistemas previstos.
Dique de colas y residuos tóxicos
Los diques de colas, estructuras permanentes que almacenan lodos residuales con químicos, son otro punto crítico. La DIA exige su impermeabilización (Art. 72), monitoreo geotécnico en tiempo real (Art. 98), informes semestrales de estabilidad (Art. 128) y evaluación de drenajes ante lluvias intensas (Art. 143). También se exige caracterizar el drenaje ácido de roca (Art. 138).
Una discrepancia técnica genera alarma: mientras la memoria afirma que el dique tendrá 80 metros de altura, los planos adjuntos muestran cotas de hasta 170 metros, una diferencia del 112%.
Reactivos, residuos y explosivos
La empresa deberá informar la composición de todos los reactivos y explosivos (Art. 94), gestionar residuos peligrosos, urbanos y patogénicos (Art. 121, 140), y construir una planta de tratamiento de efluentes (Art. 95, 122, 132). Hasta entonces, se usarán baños químicos con operador autorizado (Art. 133).
También se exige identificar todas las corrientes de desecho (Art. 96) y gestionar emisiones y subproductos (Art. 141). Pero la complejidad del proceso minero y la cantidad de sustancias involucradas hacen difícil garantizar que no haya filtraciones o errores humanos.
Riesgo sísmico y estabilidad
Uspallata se encuentra en zona sísmica. Por eso, se exige un plan de mitigación para tajo y escombreras (Art. 92), instalación de acelerómetros digitales (Art. 115) y protocolos ante deslizamientos y fallas de taludes.
Vegas, paisaje y biodiversidad
La empresa deberá proteger corredores biológicos y vegas (Art. 58–64), evitar la destrucción de hábitats y aplicar revegetación con flora nativa (Art. 145). También se exige estabilizar taludes (Art. 146) y recomponer el paisaje desde el inicio del proyecto.
El Qhapaq Ñan y la consulta indígena
La DIA reconoce el valor espiritual del Qhapaq Ñan y exige la participación de la comunidad Huarpe en su protección (Art. 109–110). También se deben cumplir planes de manejo arqueológico (Art. 101, 106) y mitigar la contaminación lumínica que afecte al observatorio CASLEO (Art. 100).
El proceso de Consulta Previa, Libre e Informada (CPLI) con las comunidades Huarpes transcurre en expediente separado. “Estamos en el proceso de consulta que ordena la OIT. Las comunidades Gyattamary y Xumek aún no se expresan sobre el consentimiento”, declaró el director de Minería, Jerónimo Shantal.
Impacto en Uspallata y plan de cierre
La empresa deberá presentar estudios sobre el impacto económico y turístico (Art. 107), implementar visitas abiertas (Art. 108) y acompañar la agenda socioeconómica de Uspallata durante el cierre (Art. 154). También se exige reutilizar infraestructura (Art. 153) y monitorear programas sociales post-cierre (Art. 155).
El plan de cierre debe presentarse desde el inicio (Art. 144), con monitoreos físicos, geoquímicos e hidrológicos por al menos 10 años (Art. 157). Se deben prever escenarios climáticos futuros y garantizar la clausura técnica de todos los pasivos.
Lo que viene: el pulso legislativo
Con la DIA ya emitida, el futuro del proyecto queda en manos de la Legislatura dominada por Cornejo. El oficialismo buscará avanzar con rapidez, mientras las organizaciones sociales y territoriales preparan nuevas acciones para defender la 7722 y frenar lo que consideran una amenaza al agua y al ecosistema cordillerano.
La pulseada está abierta. Y en Mendoza, el cobre ya no es solo un mineral: es el centro de una disputa que condensa modelo productivo, tensiones ambientales y representaciones políticas.
La pulseada está abierta. Y en Mendoza, el cobre ya no es solo un mineral: es el centro de una disputa que condensa modelo productivo, tensiones ambientales y representaciones políticas.

