Por Néstor Espósito
Para Tiempo Argentino
El ex ministro de Economía Domingo Cavallo no cometió delito alguno en la operación financiera denominada Megacanje que, poco antes del derrumbe del gobierno de la Alianza, en 2001, le significó a la deuda externa argentina un incremento de U$S 50 mil millones. Ese canje de bonos no fue diseñado para beneficiar a un grupo de bancos "amigos" –entre ellos, el que representaba el ex subsecretario del Tesoro de Estados Unidos, David Mulford, amigo personal de Cavallo–. Fue para alejar a la Argentina del estallido social, político y económico que, de todos modos, terminó produciéndose. El Megacanje fue una decisión política, y los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 4 (TOF 4), Néstor Costabel, Patricia Mallo y Enrique Pose, consideraron que "no son los tribunales penales a quienes les corresponde evaluar las políticas económicas adoptadas por los restantes poderes del Estado".
El fallo subraya que "el debate en torno a si era preferible declarar la cesación de pagos, o si el Megacanje fue o no ruinoso y perjudicial para el país, o la responsabilidad del FMI por sus políticas de endeudamiento, son valoraciones relevantes y útiles para otros ámbitos pero ajenas a la evaluación que debe hacerse en esta investigación penal".
Los fundamentos del fallo, difundidos ayer, tienen un alto contenido político pero también anotician sobre una cuestión administrativa hasta ahora desconocida: una operación, como el canje de bonos de la deuda, está sometida a mecanismos y controles mucho más flexibles que, por ejemplo, la compra de resmas de papel para las fotocopiadoras de un ministerio. Para las resmas, es necesaria una licitación, o al menos un concurso de precios, pero en el Megacanje "el marco legal aplicable estaba dado por la Ley 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control Público Nacional, y la Ley 11.672, Complementaria Permanente de Presupuestos (vigente al momento de decidirse el canje de deuda, en mayo de 2001), que no disponen que deba hacerse una licitación pública para contratar los servicios de colocación u oferta de canje de deuda, ni siquiera que deban pedirse varios presupuestos para una contratación directa".
Así, se puede contratar bancos elegidos por el gobierno y pagar las comisiones que se consideren adecuadas, que en este caso (y pese a que constituían la principal hipótesis de delito) fueron "las habituales para este tipo de operación".
Cavallo estaba acusado de "negociaciones incompatibles con la función pública", justamente por el pago de esas comisiones a un grupo de bancos que intervino en el canje de bonos. "Ninguna prueba de cargo se produjo con relación a las comisiones pactadas para considerarlas ilegítimas o parte de una maniobra delictiva", dijeron los jueces. Y como prueba de ello, recordaron que "ninguno de los bancos que hicieran propuestas para organizar el canje de deuda y no participaron del grupo organizador presentó reclamo alguno en relación al proceso de selección del grupo organizador. De haber existido alguna irregularidad o afectación a los intereses de esas entidades, seguramente habrían efectuado el pertinente reclamo."
Traducido: como los que se quedaron afuera de la operación no se quejaron, entonces no debió haber existido delito. "De ninguna forma la fiscal (Fabiana León, cuya labor fue cuestionada por los jueces) pudo acreditar que hubiera existido por parte de Cavallo interés en beneficiar a algún banco o grupo de bancos en particular, para darle exclusividad como organizador del canje, ni se determinó manipulación alguna en la elección irregular del mismo, y menos aún para cobrar las comisiones que la prestación de ese servicio significaba."
Para la absolución de Cavallo, los jueces valoraron especialmente las declaraciones testimoniales de dos personajes centrales en esta historia: el ex secretario de Hacienda, Daniel Marx, y el ex presidente, Fernando de la Rúa. El fallo, poco menos que reivindica a Cavallo: "A partir del momento en que De La Rúa lo invitó a Cavallo a colaborar con su gobierno, no se encuentra discutido que el mismo comenzó a reunirse con numerosos altos funcionarios de los organismos multilaterales de crédito, con ministros de Finanzas y presidentes de Bancos Centrales de los países de América y Europa, con empresarios (...) y con los banqueros de inversión que habían colocado deuda en el pasado; viajó entre el 20 de marzo y el 3 de junio de 2001 a Santiago de Chile, Brasilia, Madrid, Toronto, Washington, Nueva York, Londres, París, Frankfurt y Berlín. El motivo era encontrar ideas y apoyos para sacar a la República Argentina de una profunda crisis económica."
El fallo completo de la absolución de Cavallo: