La Suprema Corte de Justicia bonaerense confirmó la realización de un nuevo juicio oral para los dos acusados de abusar sexualmente y asesinar a la adolescente Lucía Pérez, en 2016, en la ciudad de Mar del Plata, luego de que ambos fueron absueltos en un primer debate cuya sentencia posteriormente quedó revocada, informaron este miércoles fuentes judiciales.
De esta manera, los miembros del máximo tribunal provincial rechazaron por "inadmisibles" los recursos extraordinarios federales presentados por las defensas de Matías Farías (27) y Juan Pablo Offidani (46) que pretendían llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación con la intención de evitar un nuevo debate oral.
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La resolución fue firmada por los jueces Hilda Kogan, Daniel Soria, Luis Genoud y Sergio Torres, y coincidió con el fallo que el mismo tribunal dictó el 12 de mayo en el marco de la misma causa y en el que rechazaron un recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley interpuesto por los defensores.
Según las fuentes, los imputados Farías y Offidani recurrieron a la Suprema Corte luego de que el Tribunal de Casación bonaerense revocó las absoluciones de ambos dictadas en el primer juicio y ordenó la realización de un segundo debate.
Fuentes judiciales indicaron a Télam que tras este nuevo fallo del supremo bonaerense, las defensas podrán presentar un "recurso de queja por recurso extraordinario denegado", directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Los antecedentes
La muerte de Lucía ocurrió en la mañana del 8 de octubre de 2016, y de acuerdo a la hipótesis del Ministerio Público Fiscal, la adolescente había conocido a Farías y Offidani un día antes, cuando ellos se acercaron a través de una amiga de la Escuela Media 3 de Mar del Plata para venderle un cigarrillo de marihuana.
Al día siguiente, Farías citó a la chica en su domicilio de la calle Racedo al 4800, en la zona sur de la ciudad, donde habría sido drogada y abusada hasta la muerte.
Por su parte, los jueces Gómez Urso y Viñas fueron acusados en abril último de "negligencia, incumplimiento de los deberes de cargo y parcialidad manifiesta" por la Comisión Bicameral de Procedimiento para el Enjuiciamiento de Magistrados de Buenos Aires a raíz de su intervención el la sentencia absolutoria de Farías y Offidani.
Mientras que Carnevale renunció para jubilarse y así evitó ser sometido a un jury de enjuiciamiento.