Política extractivista de Cornejo

Litigio por el fracking en el Sur: la Corte rechazó a siete organizaciones civiles y en cambio habilitó la participación de empresas petroleras

Share
Tiempo estimado de lectura: 3 minutos

Dalmiro Garay, presidente de la Corte y exfuncionario de Cornejo.

La Suprema Corte de Justicia rechazó a siete organizaciones sociales, ambientales y de pueblos originarios como amicus curiae de un litigio por la implantación del fracking en el sur provincial, pero aceptó en cambio la intervención de petroleras en el mismo sentido. El fracking fue habilitado por decreto de Alfredo Cornejo durante su primera gestión, en 2018.

El tribunal rechazó la intervención de la Organización Identidad Territorial Malalweche (Mendoza), Xumek (Mendoza), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS, nacional), la Asociación Interamericana para la Defensa Ambiental (AIDA, internacional), el Centro para el Derecho Internacional Ambiental (CIEL, internacional), Earthjustice (internacional) y el Environmental Law Alliance Worldwide (ELAW, internacional).

Informe Explícito: fracking en Mendoza, del decreto de Cornejo a las presentaciones judiciales

Se trata de una demanda sobre la autorización del fracking para explotar petróleo y gas de la formación Vaca Muerta en territorio mendocino.

Las organizaciones buscaron participar en el litigio bajo la figura de “Amigos del Tribunal” (o amicus curiae), una práctica común en varios países y que se encuentra regulada por la ley mendocina, que permite a personas no vinculadas con un caso judicial compartir información con los tribunales en causas que afectan al interés público.

La directora ejecutiva de Xumek, Ana Laura Piccolo, remarcó: "Nos preocupan los reiterados rechazos a la participación de organizaciones de la sociedad civil, a través de la figura del ‘Amigo del Tribunal’ por parte de la Suprema Corte provincial. Las organizaciones que nos presentamos para colaborar contamos con reconocida trayectoria en la materia de la causa y realizamos nuestros aportes desde una perspectiva seria y objetiva, conforme los conocimientos y experticia técnicos y jurídicos que poseemos. Además, hemos participado como amicus curiae en numerosos planteos jurisdiccionales tanto en el ámbito local como internacional”.

La abogada Ñushpi Quilla Mayhuay Alancay, responsable del Área de Pueblos Indígenas de
XUMEK, resaltó el voto en disidencia de uno de los jueces: “Tal como ha sido expresado en el voto en disidencia, desoír todas las voces de la sociedad civil en casos que revisten una elevada complejidad social afecta el diálogo entre la justicia y la ciudadanía, debilitando los procesos democráticos en causas de interés social en donde se pueden ver afectados los derechos humanos de la sociedad”.

En tanto que Erika Schmidhuber, abogada del CELS, cuestionó que la Corte mendocina abandone estándares internacionales del Derecho. 

“Consideramos esencial que la provincia cumpla con los estándares internacionales de derechos humanos sobre la consulta libre, previa e informada a pueblos indígenas por proyectos de desarrollo en su territorio ancestral, sin importar que tengan o no un reconocimiento jurídico sobre tal territorio. El Estado argentino ya fue condenado internacionalmente por no cumplir con estos estándares. Es menester que la corte mendocina evalúe los argumentos que hemos presentado en tanto dan cuenta de las obligaciones que Mendoza debe cumplir", subrayó.

Jacob Kopas, abogado de Earthjustice, otra de las organizaciones rechazadas por los supremos mendocinos, señaló: “La amplia evidencia científica procedente de otros países ya ha demostrado que el fracking conlleva graves riesgos de contaminación, en particular por la filtración de sustancias químicas tóxicas en los acuíferos y otros recursos de agua cercanos. Es fundamental que la Corte Suprema de Mendoza tome en consideración esta experiencia junto con los elogios que ya ha recibido sobre el fracking por parte de grupos que lucran con la extracción petrolera”.

A su turno Sofía Barquero, abogada del Programa de Ecosistemas de AIDA, postuló el interés de la organización en "garantizar que la protección ambiental y los derechos de los pueblos indígenas sean parte integral de cualquier decisión que pueda afectar a estas comunidades. En ese sentido, hacemos un llamado respetuoso a la corte para que reconsidere su decisión y permita la inclusión de las voces de la sociedad civil en este proceso judicial. Confiamos en que la corte tomará en consideración la importancia de escuchar a todas las partes interesadas en este caso”.

Y Upasana Khatri, abogada del CIEL, manifestó: "El fracking plantea peligros a largo plazo para el medioambiente y la salud que duran mucho más que la producción. Es esencial que la corte escuche a los expertos de la sociedad civil sobre la evidencia de tales daños y el deber legal de prevenirlos —no solo a los actores de la industria con intereses en la producción de combustibles fósiles — para asegurar una decisión informada sobre los riesgos y la regulación del fracking en Mendoza”.

Share