Recálculo tarifario

Por la inflación, Cornejo habilitó por decreto otra suba de luz a favor de Vila y Manzano

El gobernador ordenó actualizar la tarifa eléctrica en favor de las distribuidoras, cuya mayor porción del mercado retienen Daniel Vila y José Luis Manzano a través de EDEMSA.

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Jimena Latorre y Alfredo Cornejo.

Alfredo Cornejo y la ministra de Energía y Ambiente, Jimena Latorre, firmaron un decreto para actualizar la tarifa eléctrica en favor de las distribuidoras, cuya mayor porción del mercado retienen Daniel Vila y José Luis Manzano.La norma ordena verificar la brecha entre la pauta inflacionaria proyectada y la inflación real para definir la actualización del Valor Agregado de Distribución (VAD).

El Poder Ejecutivo de Mendoza formalizó este viernes en el Boletín Oficial una instrucción directa al Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) para que active la revisión de los indicadores económicos utilizados en la fijación delVAD aplicable a partir de agosto de 2026.

La medida busca verificar la disparidad entre las pautas macrofiscales proyectadas al inicio del ejercicio y la evolución real de los precios medida por los organismos oficiales. En criollo: hay que aumentar la tarifa de acuerdo a la inflación real. 

Vila y Manzano: beneficiarios directos

El Valor Agregado de Distribución (VAD) es el componente de la factura de luz que remunerante los costos operativos, de mantenimiento, inversiones de infraestructura y margen de ganancia de las empresas encargadas de llevar la energía eléctrica desde la red de alta tensión hasta los hogares y comercios.

Un aumento en el VAD beneficia directamente a las empresas concesionarias del servicio público de distribución eléctrica en la provincia de Mendoza —siendo Edemsa (Empresa Distribuidora de Electricidad de Mendoza S.A., en manos de Daniel Vila y José Luis Manzano) la mayor de ellas, junto con Edeste S.A. y las cooperativas eléctricas locales como la Cooperativa de Electrificación Rural de Godoy Cruz, Alto Verde, Rivadavia, Cecsagal y Santa Rosa—, permitiéndoles recomponer sus ingresos frente al impacto de la inflación, algo que no ha ocurrido, por ejemplo, con los salarios.

Manzano y Vila, dueños de Edemsa.

La realidad supera la ficción presupuestaria

El Gobierno justifica la medida en la metodología de cálculo tarifario. Para fijar los cuadros tarifarios del servicio público de distribución de energía eléctrica del mes de agosto, la Autoridad de Aplicación utilizó proyecciones inflacionarias fijadas en los presupuestos oficiales.

Sin embargo, el escenario macroeconómico real mostró marcadas divergencias:

  • Pauta presupuestaria de origen: el Gobierno provincial había adoptado como referencia la pauta macrofiscal nacional que preveía una inflación anual del 10,1% para todo el año 2026.

  • Realidad acumulada: según los registros de la Dirección de Estadísticas e Investigaciones Económicas de Mendoza (DEIE), la inflación acumulada provincial alcanzó el 21,5% en los primeros nueve meses del año (tras anotar un 1,7% en septiembre).

Este desfase muestra que en solo nueve meses la inflación real duplicó con creces la proyección estimada para la totalidad del año.

Cláusula gatillo para las tarifas

El decreto provincial se apoya en el procedimiento fijado por el Decreto Nº 1680/2024, cuyo Anexo Único (Punto 4) establece el mecanismo de Activación del Procedimiento de Actualización.

De acuerdo con esta reglamentación, las tarifas de luz no se corrigen ante variaciones menores, sino que requieren que la brecha acumulada entre la inflación proyectada y la variación real del Índice de Precios al Consumidor (IPC) alcance o supere el umbral del ±7%.

Al constatarse que el desvío supera holgadamente esa brecha del 7%, el EPRE queda habilitado y obligado a recalcular los componentes del VAD Propio. De este modo, las distribuidoras eléctricas podrán ajustar sus ingresos operativos incorporando los índices de precios reales publicados por la DEIE e INDEC, en lugar de los valores estimativos aplicados preliminarmente.

Leyes y decretos a favor de las empresas

El proceso administrativo contó con las etapas previas requeridas por el marco regulatorio eléctrico (definido por las Leyes Provinciales Nº 6497 y Nº 7543):

  1. Audiencia Pública cumplida: La Gerencia Jurídica de Regulación del EPRE confirmó que se respetaron las instancias de participación e información pública previa.

  2. Dictamen técnico-regulatorio: El EPRE analizó las disidencias de las distribuidoras y usuarios, concluyendo que el procedimiento de adecuación se ajusta a derecho.

  3. Elevación formal: A través de la Resolución Nº 152/2026, el Directorio del EPRE remitió la documentación al Ministerio de Energía y Ambiente para avalar el trámite.

Implicancias directas en la factura de luz

La entrada en marcha de esta revisión técnica desencadenará un recalibrado tarifario a favor de los empresarios. 

Dado que el costo de distribución constituye una porción sustancial de la boleta de electricidad junto con el costo de generación nacional y los impuestos, la actualización por inflación real garantiza el equilibrio financiero de las distribuidoras eléctricas, aunque impactará en la tarifa final de las facturas residenciales, comerciales e industriales de la provincia.

En los próximos días, el EPRE presentará la propuesta formal con los nuevos cuadros tarifarios revisados para que el Poder Ejecutivo apruebe su vigencia definitiva.

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