El Tribunal Oral Federal 1 le revocó la prisión domiciliaria a Héctor Segudno Carabajal, represor y entregador de la Nieta 117, Claudia Domínguez Castro, quien obtuvo ese beneficio en el marco de las medidas para descomprimir la cárcel por el COVID-19. La justicia ordenó, además, enviarlo al penal de Luján, donde sólo hay dos camas ocupadas de 24 disponibles para los criminales de lesa humanidad.
La medida fue dispuesta luego de que Carabajal celebrara una fiesta de disfraces en su casa con su hijo y sus tres nietas, quienes viven en un domicilio contiguo al suyo. Las condiciones de detención de Carabajal son las mismas que un arresto, con lo cual no tiene permitido este tipo de licencias.
Dos videos que recibió una de las víctimas de Carabajal vía WhatsApp acreditan la celebración "en la que se observa a Segundo Carabajal en el inmueble en que se encuentra detenido, celebrando junto a su hijo y sus tres nietas, quienes viven en una casa que se encuentra arriba de la casa de Carabajal, una casa independiente, sin comunicación interna".
Indica la resolución que "en el video se observa al nombrado con un sombrero de color rojo y un antifaz colocados. Que todos los que participan del video están disfrazados, bailando. Que en el video se observan luces como si se tratara de una celebración de algún tipo".
Quien recibió la filmación señala que "le consta que el inmueble es el domicilio de Carabajal ya que ha concurrido en forma habitual. Que en un principio dudó si se trataba de la vivienda de abajo o la de arriba, pero que luego constató con un familiar que se trataba de la casa de abajo, la de Carabajal. Agregó que esta familiar le dijo que reconocía el comedor, ya que había estado allí hacía muy poco. Que también le consta la existencia de otro video en el que están las tres nietas bailando en el interior de su domicilio (…)
En otro de los videos aportados por la denunciante, aunque no se observa a Carabajal, apunta el tribunal que "nuevamente su domicilio se observa indebidamente concurrido, de manera que —otra vez— viola la normativa prevista para el contexto de emergencia sanitaria actual en relación al COVID19 y que, valga la reiteración, justificó el arresto domiciliario que hoy se revoca".
Al respecto, escribió Viviana Beigel, una de las abogadas querellantes en las causas de lesa humanidad por Abuelas de Plaza de Mayo y el MEDH:
El TOF N°1 Mendoza revocó la prisión domiciliaria de Segundo Carabajal, condenado por delitos de lesa humanidad en la apropiación de Claudia Domínguez Castro. Hizo una fiesta de disfraces con su familia, debía cumplir con el arresto.@SDHArgentina @mmlosardo @jusgobar @pagina12
— Viviana Beigel 💚 (@BeigelViviana) May 14, 2020
Mendoza lidera la cantidad de prisiones domiciliarias otorgadas a represores
Señala la revocación en otro de los párrafos: "Lo expuesto pone en evidencia que la finalidad que orientó la morigeración de la detención del condenado ha sido desvirtuada, toda vez que el desprecio a la normativa de excepción vigente se contrapone diametralmente a los motivos que justificaron su aplicación al caso concreto".
Esta es la revocación del Tribunal: