Criminalización de la protesta

Suarez volvió a usar el Código de Convivencia para multar a opositores: esta vez a los que protestaron por los salarios bajo la línea de pobreza

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El intendente de Capital, Ulpiano Suarez.

El intendente de Capital, Ulpiano Suarez, volvió a usar el Código de Convivencias para multar a opositores. Esta vez las sanciones fueron para el Polo Obrero, SITEA, MST y el Frente Popular Darío Santillán, que se manifestaron este sábado en el microcentro por los paupérrimos salarios a los que son sometidos los trabajadores del sector público en Mendoza.

La multa en lo formal, fue por "cortar el tránsito vehicular en las arterias de la Ciudad", aunque en rigor el Código de Convivencia, desde que se sancionó bajo la intendencia del ahora gobernador Rodolfo Suarez, siempre se usó contra disidentes, opositores políticos y desposeídos.

Las marchas anticuarentena en plena expansión de la COVID-19 o en contra del Gobierno Nacional (cuando no es del mismo signo político que el de la Provincia) en cambio  -la que se realizó el mismo sábado pero en horas de la tarde cont6ra el kirchnerismo, por ejemplo-  no han generado la atención de Suarez y sus inspectores.

Código de "Convivencia": una herramienta de penalización selectiva contra desposeídos, ambientalistas y opositores

Por la manifestación pidiendo salarios por encima de la pobreza, Suarez les quiere hacer pagar a las organizaciones $20.000 a cada una.

Blandiendo el citado código, Suarez pretende que las protestas sean informadas con antelación y se hagan en la explanada municipal, donde por supuesto la visibilización sería nula.

Dice Suarez: "A los fines de la realización de actos, manifestaciones, movilizaciones y expresiones similares a desarrollarse en el ámbito de la Ciudad de Mendoza, se pondrá a disposición el uso de la explanada del edificio municipal que, a tal efecto, se equipará, sin cargo alguno, con tarimas y sonido adecuado. Para ello, los interesados deberán presentar la solicitud correspondiente ante el Departamento Ejecutivo Municipal, con cuarenta y ocho horas (48 hs.) de antelación a la realización del acto".

Otra opción, siempre según la letra del Código, es protestar pero en las veredas "respetando pasos peatonales y señales semafóricas. La infracción a la conducta descripta en este artículo será considerada como gravísima".

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