Hábeas corpus de la PPN

Un juez ordenó no agregar más camas a la cárcel de Senillosa por el hacinamiento de los presos

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El juez federal Gustavo Villanueva hizo lugar al habeas corpus presentado por la Procuración Penitenciaria y representantes de los Ministerios Públicos- Fiscalía y Defensa- de la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación. La acción fue interpuesta en favor de detenidos de la cárcel neuquina de Senillosa, cuya superpoblación alertó a la PPN por las condiciones de detención.

El juez hizo lugar al habeas corpus preventivo por agravarse las condiciones de detención y mantuvo la medida cautelar del 07 de diciembre para que no se instalen más camas cuchetas con el cupo en 545 detenidos para todo el Complejo de Senillosa.

Las celdas unipersonales fueron modificadas al introducir allí camas cuchetas. Las dimensiones de dichas celdas, sostuvo el informe de la PPN firmado por Ximena García Spitzer, "no se ajustan a los estándares establecidos por las normas nacionales e internacionales vigentes. De continuar con las tareas de instalación de las camas y el traslado de más detenidos a la unidad penitenciaria, se incurriría en una vulneración de los derechos de las personas detenidas".

Según el Manual Sobre Estrategias Para Reducir el Hacinamiento en las Prisiones, elaborado por la UNODOC (Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito)  el hacinamiento impacta en el “bienestar físico y mental de todos los presos, generando tensión y violencia entre ellos, exacerba los problemas de salud física y mental existentes y representa inmensos retos para la administración”.

En su fallo,  Villanueva, refiere que en caso de duplicarse la población de los pabellones con el agregado a cada celda unicelular de una cama cucheta, se estaría aumentando el cupo del Complejo Penitenciario Federal V que en una acción de contenido similar FRG 17515/18, fue fijado en un máximo de 545 detenidos y que fue oportunamente consentido por el Servicio Penitenciario Federal".

La falta de respuestas concretas del Servicio Penitenciario Federal para atender el tratamiento y  aumentar las instalaciones, servicios y personal penitenciario, al duplicarse la población de un pabellón, fueron considerados por el juez motivos suficientes para hacer lugar a la acción de habeas corpus.

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