Persecución selectiva

Vía libre en Capital al jurado vecinal contra artistas callejeros, skaters y todo el que no pueda pagar las multas del Código de Faltas

Share
Tiempo estimado de lectura: 2 minutos

Ulpiano Suarez, intendente de Capital.

El Concejo Deliberante de Capital aprobó por unanimidad el proyecto para profundizar la persecución contra artistas urbanos, skaters, entre otros, y todos aquellos que no puedan pagar las multas del Código Contravencional, quienes serán sometidos a un jurado vecinal en un proceso sui géneris por el cual el intendente, Ulpiano Suarez, se jactó en las últimas horas de "lucgar por la paz social y la convivencia ciudadana". 

En rigor, el Jurado Vecinal sólo funcionará con aquellos que no puedan pagar la multa para evitar el proceso. Ya el mismo Código de Convivencia ha funcionado como una herramienta selectiva de penalización contra opositores, desposeídos, asambleístas ambientales, sindicalistas y todo el que proteste contra el oficialismo.

Una herramienta de penalización selectiva contra desposeídos, manifestantes y opositores

“Entendemos que el Jurado Vecinal es un mensaje en sí mismo. Es un mensaje en el sentido de la necesidad de que todos participen para blindar a la Ciudad frente a quienes no cumplen las normas de convivencia. Cuidar la Ciudad es cuidar lo que le pertenece a cada vecino, a cada mendocino que trabaja, estudia o encuentra su esparcimiento aquí”, intentó justificar  Suarez.

Como parte de la prédica punitiva, insistió: “El mayor incentivo para los vecinos será el de participar para que lo que se juzgue no vuelva a suceder. Quien daña el espacio público, o incurre en otra de las faltas contenidas en la normativa, tiene que saber que será juzgado por vecinos que determinarán la responsabilidad en la falta. Quien las hace las paga. El Jurado Vecinal marcará un camino que seguramente sea continuado por otros departamentos, y está muy bueno que así sea. De esta manera, con herramientas innovadoras y abiertas es como se mejora la calidad de vida de los vecinos”.

Entre las conductas a penalizar por el jurado vecinal que ya son castigadas por el Código de Convivencia  figuran:

1 – Art. 14. Actividades pirotécnicas.
2 – Art. 21 a 23. Degradación visual del entorno urbano. Grafitos, pintadas y otras expresiones gráficas en lugares no autorizados. Vandalismo.
3 – Art. 31 a 34. Uso inadecuado del espacio público para juegos de patín, bike, skate, deportes extremos o similares en lugares no autorizados.
4 – Art. 49 ap.3. Limpieza de la ciudad en general: micciones y/o deposiciones de animales en la vía pública, suciedad en espacios públicos, mantenimiento de espacios de acceso público en comercios, mantenimiento de limpieza en vía pública por parte de edificios en construcción o cualquier tipo de obra.

Share