
La Fiscalía siguó esta semana detallando los expedientes de la acusación contra los ex jueces Otilio Romano, Luis Miret, Max Petra y Rolando Carrizo, comenzando el alegato con las causas ocurridas en 1977 y con dos casos emblemáticos: la desaparición de Mauricio López y el ocultamiento de la identidad de la primera nieta recuperada de Mendoza, Celina Terrera Manrique.
Esta vez fue el turno de Patricia Santoni y Daniel Rodríguez, quienes alternaron sus alegatos en nombre del Ministerio Público Fiscal.
A Mauricio López lo secuestraron el 1 de enero de 1977 pasadas las 5 de la mañana, cuando una “patota” integrada por personal policial irrumpió en su casa de calle Andrade 345, según reseña el sitio juiciosmendoza.blogspot.com. Allí, también se encontraban su pequeño sobrino, que alcanzó a esconderse en la terraza, su madre, su hermana Marta y su hermano Raúl. Los secuestradores le ordenaron que se vistiera y lo introdujeron en el asiento trasero de un Peugeot 504 claro, sin patente. En el baúl del mismo colocaron, como parte de la rutina de la rapiña, una maleta y otros objetos que sustrajeron de la vivienda. Raúl presentó un Habeas Corpus al otro día.
El 7 de enero, la familia recibió en su domicilio una carta de puño y letra de Mauricio, sin fecha, que venía en un sobre escrito por otra persona. Llevaba el remitente “AA de AL”, las siglas de Asociación Anticomunista de América Latina y la habían remitido el día 4 de enero desde Chile. El texto expresa que él sabía que los agentes del estado que lo mantenían en cautiverio negarían su detención o cualquier dato sobre su paradero, además de otras informaciones tendientes a tranquilizar a sus seres queridos, pero contenía la información de que se encontraba en cautiverio oficial. Por el pedido de Habeas Corpus, el exjuez federal Gabriel Guzzo mandó pedir informes a la VIII Brigada, a la Policía Federal y la Policía Provincial, las que respondieron que no lo habían detenido por lo que el 17 de enero rechazó dicho amparo con costas.
Ni todos los Habeas Corpus presentados por Raúl, que hacían hincapié en que fue la Policía la que secuestró a Mauricio, ni el hecho de que hubo personas presenciando lo sucedido, ni la carta que Mauricio escribió, ni los reclamos nacionales e internacionales presentados por sus familiares arrojaron resultado alguno. Es decir, a pesar de la existencia de todos estos elementos de prueba no se adoptó ninguna medida judicial que tendiera a ubicar el paradero del profesor López, quien en el año 1994 fue declarado por los tribunales “ausente por desaparición forzada” en los términos de la ley 24.321.
El segundo caso que se leyó, sobre desaparición forzada en el ’77, fue el de Roberto Roitman, quien fuera secuestrado el 16 de enero por la noche, mientras tomaba algo en el local La Fragata, y llevado al D2. El 19 de enero se interpuso un HC a su favor, donde se denunciaba que había sido detenido por cuatro sujetos uniformados y una persona vestida de civil que lo llevaron en un móvil al Palacio Policial. Este HC, con esos datos, fue rechazado por el exjuez Guzzo sin que se tomara otra medida de averiguación. Roberto estuvo detenido 40 días en el D2. En esta causa se encuentra acusado Romano nuevamente por omitir investigación.
Informe Explícito: las acusaciones penales sobre Otilio Romano
La hermana de Roitman intentó que le tomaran la denuncia en dos comisarías a las que fue (ubicadas en calle Rioja y en calle Godoy Cruz, respectivamente): no lo hicieron porque "no tenían birome" incluso en una de las dependencias, ella le dijo al policía que la atendió que le prestaba una lapicera a lo que éste respondió ”esa no es una birome oficial, no puedo tomar la denuncia”.
Los detalles del secuestro de Violeta Anahí Becerra -su madre tramitó uno de tantos Habeas Corpus que llegó a manos del exfiscal Otilio Roque Romano y pidió audiencias que fueron rechazadas-, el caso de Pedro Ulderico Ponce, entrevistado por Romanoaunque dijo que "en ese momento no sabía de las desapariciones", los casos de Emiliano Pérez, Jorge Pérez y su compañera Gloria Fonseca (hábeas corpus sistemáticamente rechazados), las desapariciones de Miguel Pacheco y Elvira Benítez, y los casos del matrimonio formado por María Eva Fernández y Manuel Gutiérrez, donde se apunta a la omisión de investigar de Guillermo Max Petra,siguieron en la línea de omisiones de los ex jueces y exfiscales de profundizar en la investigación sobre el destino de esas personas, secuestradas y/o desaparecidas.
En todos los casos del operativo de abril del ‘77 hay varios Habeas Corpus que abundan en datos sistemáticamente ignorados, alegó la Fiscalía.
La nieta recuperada
El caso de Rebeca Celina Manrique Terrera es paradigmático. Sus padres, Laura Noemí Terrera y Alfredo Mario Manrique, fueron secuestrados y desaparecidos y ella apropiada sus ocho meses de edad.
El matrimonio y la niña fueron secuestrados el 24 de julio de 1977 en la Terminal de ómnibus de Mendoza. La madre de Laura, Vicenta Scala de Terrera, presentó el 29 de julio un Habeas Corpus al entonces Juez Federal Gabriel Guzzo, el cual fue rechazado.
En ésta se acusa a Otilio Romano por archivar el 21 de diciembre de 1987 la causa de apropiación de la beba por los delitos de secuestro, apropiación y sustitución de la identidad.
En la democracia alfonsinista las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida, la causa Manrique Terrera (la cual tenía incorporada la causa de Celina) se archivó, aludiendo a un mínimo indicio como una carta que recibió la mamá de Laura (presumiblemente escrita por ella) por la que Romano afirmó que las desapariciones no estaban probadas y ordenó el sobreseimiento de la misma.
La justicia presume que no hay delito en vez de investigar: los magistrados Miret y Mestre Brizuela fueron notificados. Estos últimos no están acusados en esta causa por falta de mérito. Desde el Ministerio Público piden que se revise esta falta de mérito que se interpone para juzgarlos y que se los procese. Romano y los otros magistrados no podían archivar una causa como la de apropiación y sustitución de la identidad porque las leyes de la impunidad de esa democracia no versaban en que ése fuera un delito que prescribiera. Romano, para defenderse argumentó la teoría del error: no sabía que en esa causa estuviera la de la apropiación de la beba.
Fuente: juiciosmendoza.blogspot.com