Tucumán: procesaron al gerente general de Minera Alumbrera por contaminación de la cuenca de los ríos Salí-Dulce

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El titular del Juzgado Federal N°2 de Tucumán, Fernando Poviña, procesó sin prisión preventiva al titular de la empresa Minera Alumbrera, Raúl Mentz, por la contaminación de la cuenca de los ríos Salí-Dulce. El magistrado consideró que está probado que los metales pesados provenientes de la firma en el canal DP2, que desemboca en el dique El Frontal de Termas de Río Hondo, que comparten Tucumán y Santiago del Estero afectaron el curso de agua. Además, sobreseyó al ex presidente de la firma, Julián Rooney, y dejó sin efecto el llamado a indagatoria de Michael Lou Holmes, otro directivo, resoluciones que el fiscal Brito deberá evaluar si corresponde interpone recurso de apelación.

La causa había comenzado en el 2000, a partir de una denuncia realizada en sede policial por parte del investigador del Instituto Miguel Lillo y Director de Medio Ambiente de la provincia de Tucumán, Juan Antonio González, por la presunta contaminación detectada en la localidad de Ranchillos a raíz del vertido de efluentes provenientes de la Planta de Secado de la empresa Minera Alumbrera Limited.

Tras diversos peritajes, Gómez solicitó la indagatoria de Julián Rooney, en aquel entonces gerente Comercial Legal y de Asuntos Corporativos de la empresa y luego vicepresidente Comercial y Legal. En su descargo, el ahora titular de la Cámara de Comercio Argentino-Británica detalló cómo estaba constituida la sociedad de la minera y que, dada la presencia de capitales extranjeros en su formación, su título no implicaba ningún cargo de responsabilidad en el directorio de la firma. Al poco tiempo, se dictó la falta de mérito respecto de Rooney al considerar en duda los peritajes realizados por Gendarmería Nacional. La medida fue apelada por el Ministerio Público Fiscal y la Cámara Federal de Apelaciones resolvió por mayoría disponer su procesamiento.

En su sentencia, Poviña ratificó la validez de los estudios realizados por el Instituto Nacional del Agua sobre muestras de líquido tomadas en 2012 por la Gendarmería Nacional en el canal DP2 y en la planta de secado que Minera Alumbrera posee en la localidad tucumana de Cruz del Norte. Al momento de realizarse dichos exámenes, Mentz ocupaba el cargo de gerente de Desarrollo Sostenible de Alumbrera, dentro de cuya órbita se encontraba la cuestión ambiental y el control de los efluentes vertidos en el canal DP2.

Para el juez, el dolo requerido por el artículo 55 de le lay 24051 de Residuos Peligrosos quedó acreditado ya que el imputado no podía ignorar los elementos contaminantes que su firma arrojaba al agua, como también la eventualidad de cómo podían afectar el medio ambiente y la salud humana.

Según Poviña, Mentz poseía el conocimiento específico en relación a qué tipo de elementos contaminantes arrojaba la empresa y con qué parámetros, lo que lo convertía en el garante los procesos de tratamiento de los afluentes para que los mismos se encuentren debajo de los niveles de contaminación permitidos y que no produzcan riesgo a la salud humana. Además, el juez dispuso un embargo para garantizar las costas procesales y responsabilidades civiles por el monto de un millón de pesos.

El juez también definió la situación de Machael Harvy Lou Holmes, que había sido convocado a prestar indagatoria ya que al tiempo del hecho revestía la calidad de representante legal de la firma minera. Según Poviña, en virtud de la declaración prestada por Mentz quedó acreditado que el manejo de las cuestiones ambientales y el control de afluentes de la empresa estaba bajo su órbita, por lo que desestimó la citación. En sintonía, también se aferró a este mismo argumento para sobreseer a Rooney, dos decisiones que serán apeladas tanto por el Ministerio Público Fiscal como por la ONG Pro-Eco, querellante en la causa.

Fuente: fiscales.gob.ar

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