Esta semana se conocería la sentencia de la Corte Suprema de Mendoza sobre los planteos de inconstitucionalidad de la Ley 7.722, conocida como antiminera por el rigor que exige a la actividad extractiva de metales.
El ministro del tribunal Mario Adaro le dijo a radio Nihuil que la ya votaron todos los integrantes de la Corte en la causa que siguieron de cerca las mineras y los ambientalistas. Adaro consideró que el "miércoles o jueves" se publicará la sentencia.
En el centro del conflicto entre los postulados de la ley y los negocios de los empresarios mineros es la prohibición del uso del cianuro que es necesario para separar el metal valioso de la roca inútil al mercado luego de haber dinamitado la montaña.
La norma en cuestión fue sancionada en 2007 bajo la administración provincial de Julio Cobos, quien cedió al pedido de los regantes agrícolas y los ambientalistas para que se prohibiera el uso de cianuro entre otras medidas rigurosas a cumplir por los interesados en hacer negocios con los metales de la Cordillera de Los Andes bajo jurisdicción mendocina.
La minería metalífera concebida por el modelo Barrick Gold, replicado por gigantes y medianos actores del extrativismo por el mundo, es imposible sin el uso de cianuro y dinamita. Las explosiones en la montaña para romper las rocas están permitidas en la Provincia, pero los pedazos de piedra son inútiles para el negocio sin ser pasados por cianuro para que se despegue el metal valioso de la basura en términos de mercado que quedará abandonada en su lugar de origen.
Por el imperio de la Ley 7.722 la minería metalífera no ha prosperado en Mendoza. El proyecto que más avanzó, San Jorge, en Uspallata, nunca consideró la producción sin usar cianuro, aunque dijo que lo haría sin el químico mortal en una estrategia por conseguir la licencia para volar la montaña mientras seguía el lobby por la inconstitucionalidad de la parte de la ley que prohíbe el cianuro.
La Corte tenía planeado convocar a una audiencia pública antes de fallar en la causa por las inconstitucionalidades planteadas por empresarios y lobbistas pro mineros, pero luego cambió de línea. El fallo será por mayoría de votos de los siete miembros del tribunal. Tres de ellos, se incorporaron a la Corte después de planteados los conflictos entre la Ley 7.722 y los intereses mineros. Son Mario Adaro, Omar Palermo y Julio Gómez. Mientras que Pedro Llorente, Jorge Nancláres, Alejandro Pérez Hualde y Hernán Salvini completan la lista de supremos.