La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación realizará la semana próxima el pedido de condena en el Megajuicio contra los exjueces Otilio Romano, Luis Miret, Max Petra y Rolando Carrizo, frente a la cual se presentan dos opciones: la prisión perpetua -pena acorde a los delitos de lesa humanidad por la que se los juzga y que tiene que ver con la participación primaria en la comisión de los crímenes- o la participación secundaria, que brindaría al tribunal una opción alternativa de entre 10 y 15 años de prisión.
Esta segunda chance cerraría el camino a una absolución de los ex magistrados, uno de los altos riesgos de este proceso que ya lleva dos años y que ha sufrido las más variadas dilaciones por parte de la defensa de los exmagistrados.
Fernando Peñaloza, referente de la Secretaría nacional, presentó sus alegatos este lunes y martes en la acusación hacia el cuarteto de exmagistrados cuya “participación consistió en garantizar la impunidad sostenida en el tiempo”, según señaló frente al tribunal del Megajuicio en el cual se los responsabiliza por crímenes de lesa humanidad.
Sobre este aspecto realizó un repaso por cada una de las causas que integran la acusación, exposición que fue interrumpida por un cuarto intermedio solicitado por el presidente del Tribunal Oral Federal N°1, Alejandro Piña.
Aún quedan dos jornadas más de alegatos de su parte, y que restan también los alegatos del MEDH y de los demás querellantes en la causa, más la acusación del fiscal.
Las causas alegadas por la Nación
Causa Mocchi: los hechos remiten a agosto de 1975 a raíz de un procedimiento ordenado por Miret por presuntas actividades subversivas, que concluyó con la detención de numerosas personas. En el caso específico del detenido Eduardo Glogowsky, este había denunciado ante el juez el robo de dinero y el ultraje sufrido por su compañera, Luz Faingold, reseña el sitio que lleva al día el proceso, juiciosmendoza.blogspot.com
"Todos los detenidos fueron sometidos a torturas, en algunos casos compatibles con las escoriaciones registradas por el médico de la cárcel, sin que nada hicieran los magistrados. Aún a sabiendas de que los secuestrados permanecían con los ojos vendados, les preguntaban si podían reconocer a los autores de los ilícitos y ante la negativa daban por concluido el asunto", indica el portal.
Causa Luna: el abogado rememoró la serie de secuestros verificados en junio del ’76, que comenzó con la detención de David Blanco y terminó con la de Antonio Savone. Todos pasaron por el D2, donde padecieron todo tipo de vejámenes. En este caso Romano dictó la prisión preventiva, pero no hubo pedido de compulsa por algunos datos que hubieran podido desentrañar los ilícitos.
Alicia Morales: por el saqueo de su vivienda, robo de muebles, enseres de valor, mercadería y su auto, Romano, con la displicencia que lo caracteriza, respondió que no era custodio de una “oficina de informe de cosas perdidas”.
Rabanal: el querellante se refirió a la causa Rabanal, de febrero de 1976, que reúne a numerosos detenidos que declararon ante el juez Carrizo en sede policial. Uno de los detenidos, Marcos Ibáñez, proporcionó el nombre de dos policías que lo secuestraron, mientras que las mujeres y hombres detenidos hicieron relatos estremecedores sobre tormentos y violaciones. En esta causa se extrajo compulsa para que la Policía enviase la lista de personal del D2. Entre idas y venidas, dos años después la lista no llegaba, hasta que citaron a declarar a Pedro Sánchez Camargo. El jefe del D2 identificó al personal que actuó en el procedimiento, sin embargo Romano pidió el archivo de la causa por “obvias razones”.
Luis Moriña: Sobre la desaparición de Luis Rodolfo Moriña, acaecida el 22 de noviembre de 1975, Peñaloza recordó que, el mismo día, su hermano presentó un recurso de HC en el domicilio de Luis Miret. El Comando informó que se encontraba a disposición de PEN. Tras esto, el ex Juez Federal solicitó se librara oficio al Ministerio del Interior para dejar constancia de lo anterior, debido a las dudas que presentaba el caso.
En febrero del 76 el juez Carrizo solicitó saber el lugar donde Moriña cumplía su detención, pero la respuesta del Comando fue que se encontraba prófugo, a partir de lo cual se dio por terminada la investigación.
En 1984, Alfredo Guevara retomó la causa y pidió su desarchivo, ofreciendo elementos sobre la desaparición y posible muerte de Moriña en dependencia militares. Al recordar ese suceso, el querellante calificó a Burad como “el primer juez que investigó como se debía investigar” marcando un contraste con el accionar de los procesados. Asimismo reivindicó al miembro del actual Tribunal, Juan González Macías, a quienes diferenció de los procesados.
Santiago Illa: Secuestrado en San Rafael, su madre presentó un Habeas Corpus, que en primera instancia fue rechazado por Carrizo, pero finalmente fue informada que estaba en la cárcel, a disposición del PEN. Como lo confirman los testimonios, Illa se encontraba en la Penitenciaría hasta que, en mayo del ’76, lo sacaron con destino incierto. Su esposa, Silvia Faget, presentó un escrito reclamando por Illa, que no se encontraba ya en la cárcel y había sido trasladado al Liceo Militar.
Se le dijo que su esposo había sido liberado el 15 mayo del 76. Guzzo y Romano intervinieron nuevamente para dar respuesta negativa cuando la madre de Illa solicitó que se libraran nuevos oficios.
José Luis Herrero: fue visto por última vez cuando salió de la pensión en la que se alojaba temporalmente, procedente de San Juan. El 9 de marzo del 76 ya no regresó. El mismo día se presentaron en la pensión personas vestidas con uniforme policial que se llevaron su documento. Sus progenitores, anoticiados de su desaparición, iniciaron la búsqueda. Su padre presentó un Habeas Corpus, pero Carrizo rechazó el recurso, con costas, debido a que no se dio con su paradero en dependencias de las fuerzas de seguridad ni de las fuerzas armadas.
En abril del mismo año su padre pidió nuevamente que se labrara oficio, pues tenía información de que Herrero se hallaba en la Brigada Aérea. Con intervención de Miret, se concluyó que no se encontraba allí. Los funcionarios intervinientes omitieron por completo continuar con la indagación, aunque tenían indicios.
Hugo y Julio Talquenca: en mayo del 76. Peñaloza hizo una breve introducción para reflexionar sobre la imposibilidad de que los ex jueces no advirtieran el aniquilamiento de las víctimas. Puso énfasis en la importancia de contextualizar y no tomar los casos como aislados. En pocos días, en mayo de 1976, se presentaron hechos similares contra numerosas/os jóvenes militantes guevaristas y cercanos al ERP. Los procedimientos permitían advertir que existía planificación previa, la forma de actuar en los operativos era coincidente y respondía a un patrón común. Los procedimientos concluyeron con personas blanqueadas y numerosas personas desaparecidas. Cabe advertir que los ex jueces no hicieron nada por las y los que nunca aparecieron
En cuanto a los hermanos Talquenca, su padre presentó ante la Justicia cinco Habeas Corpus que son muy significativos, porque tras cada recurso fue proporcionando información de recolección propia. Todos estos reclamos son instrumentos que dejan prueba de que era posible investigar respecto de las desapariciones de las víctimas. Petra, Carrizo, Romano y Miret lo omitieron.