El titular de la DGE, José Thomas, reglamentó cómo se deberá dar misa o celebraciones similares en las escuelas de Mendoza tras el fallo de la Suprema Corte que dio por tierra con la resolución que prohibía este tipo de ceremonias en escuelas laicas, como indica la Constitución Provincial.
Después de una larga batalla judicial que tuvo como principal lobbista a la Iglesia Católica, la Suprema Corte resolvió en 2020 hacer lugar al reclamo de la curia y habilitar las celebraciones religiosas en las escuelas pese a ir esto en contra de la Constitución Provincial.
Para justificar el fallo, la Sala 1 de la Corte, integrada por Julio Gómez, Teresa Day y Pedro Llorente, apuntó: “Sabido es que no existen derechos absolutos en la Constitución Nacional”.
Tras eso la DGE reglamentó ahora cómo, cuándo y bajo qué condiciones se darán esas celebraciones.
En una resolución publicada en el Boletín Oficial, Thomas resolvió que "misas, conmemoraciones, festejos, alabanzas, reverenciar fiestas religiosas y/o de cualquier reunión, acto o manifestación religiosa de la Iglesia Católica y/o confesiones religiosas oficialmente reconocidas y/o de las organizaciones sociales con personería jurídica" deberán hacerse preferentemente en días inhábiles y que deberán ser autorizadas previamente por los directivos escolares.
Se lee en la resolución:
"Dispóngase que las actividades detalladas en el artículo 1ro. de la presente Resolución, deberán tener lugar preferentemente en días inhábiles. En el caso que se lleven a cabo en días hábiles, la actividad religiosa deberá finalizar como mínimo una (1) hora antes del inicio de la jornada escolar o bien deberá iniciarse una (1) hora después de que la jornada escolar haya finalizado. Es decir, en todos los casos, deberá existir al menos una (1) hora de diferencia entre la finalización de las actividades escolares respecto de las otras actividades".
Esta es la resolución completa: