Aborto legal

El Estado nacional apeló el fallo contra la IVE del juez federal de Mar del Plata y pidió su recusación

Share
Tiempo estimado de lectura: 3 minutos

El Juez Alfredo López dictó el fallo cuestionado.

El Estado nacional presentó un recurso de apelación contra la medida cautelar dictada por el juez federal de Mar del Plata Alfredo López, que suspendió la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en hospitales nacionales, y planteó la recusación del magistrado por su falta de imparcialidad, informaron fuentes judiciales.

A través de un escrito de 188 páginas, al que tuvo acceso Télam, el Estado pidió que se deje sin efecto la resolución dictada el pasado 7 de junio por López, titular del Juzgado Federal 4 de la localidad balnearia, que ordenaba la suspensión de la aplicación de la Ley 27.610, sancionada por el Congreso Nacional el 30 de diciembre de 2020 y promulgada el 14 de enero de 2021, y también del Protocolo para la atención integral de personas con derecho a la interrupción legal del embarazo.

El magistrado consideró en su resolución que estas normas violan la protección integral de la vida desde la concepción, a partir de una presentación realizada por Héctor Adolfo Seri, un abogado jubilado de la ciudad, para que se dictara su inconstitucionalidad.

El recurso por parte del Estado fue presentado por la abogada Mariana Muriel Brun, delegada del Cuerpo de Abogados del Estado en Mar del Plata.

Por un lado, planteó la recusación de López por considerar que se comprobaron "graves circunstancias que ponen seriamente en duda" su actuación "como juez imparcial en esta causa".

A su vez, en la apelación de la medida cautelar dictada, también solicitó que "se conceda el recurso con efecto suspensivo y, oportunamente, se revoque la resolución" del magistrado "en tanto causa gravamen irreparable".

El escrito consideró que "en un fallo sin precedentes", el juez "deliberadamente abandona su condición de imparcial y decide tomar las riendas del proceso contra la ley 27.610", sancionada por el Congreso Nación el 30 de diciembre de 2020 y promulgada por el Poder Ejecutivo el 14 de enero de 2021.

En esa línea, indicó que "la suspensión de la vigencia" de la norma "afecta gravemente el interés público en tanto el aborto es un problema de salud pública por varios factores, entre ellos: la cantidad de mujeres, adolescentes y niñas a las que afecta, por la permanencia de este problema en el tiempo, y por los riesgos que tienen en la salud sexual y reproductiva de miles de mujeres y personas con capacidad de gestar".

Respecto a la "verosimilitud del derecho invocado" en el fallo, destacó que "invoca el derecho a la vida, pero su interpretación es sesgada exclusivamente para la vida intrauterina".

"Pretende con su pluma desarticular una política pública estatal, que fue decidida a instancias y con la participación del pueblo argentino, representado por distintos sectores de la sociedad civil en uno de los debates más amplios y democráticos que se desarrollaron en la República Argentina", señaló el recurso.

El planteo del Estado

El planteo del Estado indicó que "existen en el presente caso motivos de público conocimiento que impiden" a López "continuar interviniendo", "sin que ello implique una vulneración del debido proceso legal".

En ese sentido, se destacaron "distintas expresiones vertidas" por el juez públicamente, que "pueden ser consideradas como adelanto de opinión, en tanto guardan directa relación con el asunto de fondo a decidir en esta causa".

El escrito incluyó la reproducción de declaraciones públicas y periodísticas brindadas por el magistrado sobre el caso y sobre el aborto, así como posteos en sus cuentas de la red social Twitter, en las que se refirió -por ejemplo- a "las verdes femibolches, idiotas útiles de la oligarquía globalista".

"En el caso bajo análisis, no nos encontramos frente a una opinión emitida en abstracto en torno a un posible caso hipotético, sino referido a una cuestión estrictamente ligada con una causa en trámite ante el Juzgado a su cargo y respecto de la cual debe decidir", señaló la presentación estatal.

Fuentes judiciales indicaron a Télam que en caso de que el juez rechace el pedido de recusación, deberá tomar intervención la Cámara Federal de Apelaciones marplatense.

Corresponsalía de Télam

Share