Exceptuados los jueces, fiscal de Estado y otros

La Corte declaró constitucional la ley de tope salarial acordada por el PJ y la UCR en 2014 y cuestionada por los gremios

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La Suprema Corte dictaminó que es constitucional la ley de tope salarial, que establece que ningún empleado estatal puede cobrar más que el gobernador salvo jueces, el fiscal de Estado y el jefe de Irrigación, entre otras excepciones. La norma fue sancionada en 2014, cuando gobernaba Francisco Pérez, y los gremios AMPROS y ATE interpusieron una cautelar que frenó su aplicación, hasta ahora.

La sala 1 de la Corte, con la firma de Julio Gómez, Pedro Llorente y José Valerio, ordenó aplicar la ley que, según el gremio de los profesionales de la salud "propicia un desmantelamiento de la Salud Pública de la provincia, con profesionales calificados abandonando sus cargos en Mendoza y buscando mejores salarios en otras provincias y en otros países donde sí se reconoce su trabajo, su capacitación y su compromiso por la población más vulnerada".

Conocido el fallo, el gremio emitió un comunicado en el que cuestiona la resolución del conflicto y remarca: "Curiosamente la ley contiene excepciones de empleados públicos que sí pueden ganar más que el gobernador, como los jueces, el fiscal de Estado (quien en su momento redactó la ley), el asesor de Gobierno, el presidente y vocales del Tribunal de Cuentas, el contador y tesorero de Mendoza y el superintendente y los consejeros de Irrigación".

"La norma por la que AMProS llegó hasta la Suprema Corte con su reclamo, tiene un trasfondo mucho peor que su inconstitucionalidad y es la afectación que hace a la Salud Pública de la provincia, con profesionales que optan por el éxodo a otras provincias o países en los que reconozcan su preparación y trabajo, o bien al sector privado. Lo mismo ocurre cuando los jóvenes profesionales de la salud de Mendoza desechan las especialidades por ser mal remuneradas por el Estado. El circulo vicioso de impericia y desconocimiento de los dirigentes políticos termina sin profesionales en especialidades clave y con la población más postergada pagando con vidas lo que se decide de manera unilateral y sin conocimiento", fustigaron desde el sindicato, de tradición acuerdista con el radicalismo.

Claudia Iturbe conduce AMPROS, el gremio de los profesionales de la salud.

Ante las críticas de AMPROS, el Gobierno se apuró a aclarar que aplicará excepciones para habilitar que profesionales que brindan servicios en áreas críticas puedan cobrar más que el gobernador.

“Lo importante de esto y lo que tiene que quedar muy claro, es que esta ley del mismo modo que establece el tope, faculta al Poder Ejecutivo a dar excepciones nominales, individuales, argumentadas sanitariamente, con ratificación de la Legislatura”}, le dijo la ministra de Salud, Ana María Nadal, a Los Andes. 

Una medida acordada entre el PJ y la UCR

En septiembre de 2014 Diputados convirtió en Ley el proyecto que fijaba como tope salarial de los trabajadores y funcionarios de la Administración Pública el sueldo mensual del Gobernador que impulsó el Ejecutivo con la impugnación por ilegal de parte del frente de gremios estatales. La Ley exceptúa de sus alcances a los Magistrados,  Fiscal de Estado, Asesor de Gobierno, Presidente y Vocales del Tribunal de Cuentas, Contador y Tesorero de la Provincia, Superintendente y Consejeros del Departamento General de Irrigación, todos ellos, funcionarios de rango constitucional.

El tope salarial fue impulsado por Pérez en acuerdo con el radicalismo. Suarez y Cornejo defendieron la norma.

El proyecto fue avalado por los bloques del oficialismo, la UCR y el PD, pero los bloques del Partido Obrero y el Partido de los Trabajadores Socialistas se opusieron al considerar que la iniciativa “ataca a la salud pública. Los jueces no están abarcados por la ley, pero si los trabajadores de la salud".

La Suprema Corte dictó en 2015 una medida cautelar que suspende la aplicación de la ley de de tope salarial mientras se dirimía en sede judicial si es constitucional esa norma. La medida fue concedida por el máximo tribunal a la Asociación Mendocina de Profesionales de la Salud (AMPROS), que litigó por inconstitucionalidad contra la ley que impulsó el gobierno con apoyo del radicalismo.

En síntesis, la Ley en cuestión estableció que ningún dependiente del Estado puede cobrar más que el Gobernador. La medida afecta al personal de alta calificación del ámbito de la Salud. El gremio de los profesionales del sector acudió a la Justicia contra la constitucionalidad de la ley con el argumento de que el único ámbito para determinar medidas salariales es la paritaria, por lo que no le reconocen competencia a la Legislatura para poner tope a los acuerdos paritarios.

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