La Justicia Nacional Electoral habilitó un registro on line de los que votaron y los que no en las PASO

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Los que aparecen allí deben regularizar su situación, aunque la infracción no les impide votar en octubre. En el caso de no aparecer como infractor se puede tirar el troquel que se entregó como constancia de voto. 

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troquel

 

La Justicia Nacional Electoral habilitó para su consulta el registro de infractores al deber de votar, que contiene la información sobre quiénes emitieron su sufragio el 11 de agosto pasado y quienes no.

En el listado figuran todos aquellos electores de entre 16 y 70 años que no hayan emitido su voto en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) celebradas el 11 de agosto pasado y no hayan justificado debidamente su omisión ante la secretaría electoral correspondiente al distrito de su domicilio dentro de los 60 días posteriores a la elección.

El Registro de Infractores al Deber de Votar ya puede consultarse en el sitio infractores.padron.gov.ar.

La no inclusión de un elector en dicho registro alcanza para dar por cumplida su obligación de concurrir a las urnas, razón por la cual ya no necesita conservar el troquel que le fue entregado al momento de emitir su sufragio. Asimismo, el no aparecer en el registro da cuenta además de que fue debidamente justificada, en los casos que corresponda, la omisión al deber de votar.

En caso de que un elector aparezca en el registro pese a haber votado podrá solicitar a la autoridad competente su exclusión del registro de infractores. Para ello deberá presentar el troquel que comprueba su sufragio. Si lo perdió podrá solicitar que se verifique su firma en el padrón.

La Justicia Nacional Electoral recordó además que el no haber votado en las PASO no impide poder participar del próximo acto eleccionario.

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