La AFIP aclaró que el turismo a Malvinas no tributa adelanto de ganancias porque las Islas son de Argentina

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La dependencia emitió una aclaración porque "algunos operadores turísticos, compañí­as de transporte de pasajeros y administradoras de tarjetas" cobran el canon de 35%. 

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclaró que las Islas Malvinas no se encuentran alcanzadas por la percepción del 35 por ciento que el organismo cobra a cuenta del impuesto a las Ganancias o Bienes Personales para los viajes y compras en el exterior, ya que "integran el territorio nacional de la República Argentina".

La dependencia que conduce Ricardo Echegaray publicó hoy en el Boletí­n Oficial una norma aclaratoria de la resolución Nº 3.450 y su modificatoria, debido a que, indicó, "algunos operadores turísticos, compañí­as de transporte de pasajeros y administradoras de tarjetas de crédito, débito y/o compra, han efectuado interpretaciones ajenas al sentido de la citada norma".

En los considerandos, recordó que en esa medida "se estableció un régimen de adelanto de impuesto a las Ganancias y/o Bienes Personales respecto de ciertas operaciones en y con el exterior, extendiéndose luego la utilización de dicha herramienta fiscal a la venta de moneda extranjera para gastos de turismo y viajes".

En ese marco, la AFIP indicó que "las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur integran el territorio nacional de la República Argentina, y por ende el régimen de adelanto de impuesto, creado por la resolución general aludida, no es de aplicación a la compra de pasajes o servicios turí­sticos que las tengan como destino ni a las operaciones que allí­ se efectúen".

"Asimismo, debe aclararse que las compras de moneda a utilizarse en el territorio de Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur no se encuentran comprendidas entre las operaciones alcanzadas por la Resolución General 3.450 y su modificatoria", añadió el organismo tributario en la argumentación.

Sobre esta cuestión, en el artí­culo 2 de la la resolución 3.609 publicada hoy se explicó que "la solicitud de validación fiscal de los fondos para la adquisición de moneda extranjera -billetes o cheques de viajero- para gastos de turismo y viajes" al archipiélago "se efectúa seleccionando en el campo 'paí­s de destino referente' del programa 'Consulta de Operaciones Cambiarias' establecido mediante el Anexo VI de la Resolución General Nº 3.421, la opción 'Argentina - Islas Malvinas'".

 

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