Por Horacio Cecchi
Para Página 12
“¿Por qué me condenan si no hice nada?”, preguntó Reina Maraz a su intérprete de quechua, Frida Rojas, después de escuchar de labios de ella la versión española del Tribunal Oral en lo Criminal 1 de Quilmes, que la consideró culpable del homicidio agravado de su marido Limber Santos, ocurrido en noviembre de 2010. Reina Maraz, tal como publicó este diario en octubre del año pasado, llegó al juicio sin poder entender ni ser entendida correctamente hasta pasados los tres años de prisión preventiva, por el sencillo hecho de que no contaba con intérprete reconocida por la Justicia para su idioma quechua. La intérprete fue provista, después de un año y medio de presentaciones y reclamos por parte de la Comisión Provincial por la Memoria, que durante una visita al penal de mujeres de Hornos, en 2011, se topó con una detenida que no entendía lo que le preguntaban. Ayer (por el martes), la base de la condena coincidió exactamente con el pedido del fiscal, y se basó en una cámara Gesell realizada a uno de los hijos de Reina, a un año de su detención, cuando el niño tenía 6 años y llevaba un año viviendo con la familia del marido, y que fue criticada como prueba por tres peritos, una oficial; otra, especialista en niños y una tercera, especialista en cámara Gesell.
La versión de Reina Maraz, aun con intérprete durante el juicio, no llegó a conmover la lectura de los hechos de las tres juezas del TOC 1, Silvia Etchemendi, Marcela Vissio y Florencia Butiérrez. La mujer, nacida hace 26 años en Avichuca, un pueblito perdido en el Altiplano boliviano, pertenece a la comunidad Kichwua, y apenas dice algunas palabras en español, “hola” o “chau” y alguna más, tal como testificó la mujer del dueño del horno de ladrillos en Florencio Varela, donde trabajaba Santos y donde se trasladó Reina a vivir, siguiendo a su marido y llevando a su primer hijo en brazos.
Allí, según esa versión que no alcanzó a ser creída por las juezas, Reina era entregada por Santos a Tito Vilcar, un vecino, para que se cobrara sexualmente las deudas de juego que había contraído. Un día de noviembre de 2010, Santos y el vecino pelearon fuera del horno de ladrillos. Luego, regresó Vilcar y le dijo a Reina que su marido se había ido al pueblo. Pero no regresó. El 16 de noviembre la mujer presentó la denuncia en la comisaría de Varela. El cuerpo fue hallado enterrado dentro del campito donde se encuentra el horno. El comisario de aquel momento declaró en el juicio que la mujer hablaba el español, lo que parecía desmentir que no entendiera. La versión policial sobre los conocimientos de las mujeres suele ser tan errónea como el trato que le dispensan como culpables de género. Lo cierto es que la esposa del dueño del horno de ladrillos desmintió al comisario.
El pedido del fiscal Fernando Celesia a perpetua se basó en que consideró como agravante el robo del dinero de Santos, pese a que durante el juicio, en ningún momento se planteó si ese dinero siquiera existía. Y el sustento lo tomó de una cámara Gesell realizada al hijo de Reina, fuertemente criticada: el propio fiscal interrogó al niño como si se tratara de un adulto, sin ninguna técnica psicológica, sin poner en escena juegos a través de los que el chico pudiera simbolizar.
“Lamentamos que el tribunal no haya escuchado ni incorporado la voz de Reina”, dijo Margarita Jarque, directora del Area de Litigio Estratégico de la CPM y que fue quien logró imponer la intérprete como necesidad de la defensa. Reina Maraz continuará en prisión domiciliaria hasta que exista resolución de Casación a la apelación que presente la defensa.