Xumek: "La única política criminal que Mendoza ejecuta a la perfección es la detención por averiguación de antecedentes"

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"Bajo la noción de más seguridad, en la actualidad, la única política criminal que la Provincia ha sabido ejecutar a la perfección es la detención por averiguación de antecedentes", acusó en su informe anual Xumek (Asociación para la protección y promoción de los Derechos Humanos) presentado el viernes en la Legislatura, y cuyas más de 200 páginas realizan un pormenorizado análisis de la situación en Mendoza.

Los estudiosos del derecho y referentes sociales que realizaron el informe apuntaron directamente a Pérez en el informe: "En el discurso de apertura de las sesiones legislativas, el Gobernador reivindicaba este proceder inconstitucional señalando que en tan solo 3 meses se habían detenido por averiguación de antecedente a más de 50.000 personas. Siguiendo la lógica del Gobernador, podemos concluir que en el año se habrán detenido por medio de este procedimiento a más de 200.000 personas. En consecuencia, si tenemos en cuenta que en Mendoza se denuncian aproximadamente 110.000 delitos al año, podemos afirmar que es más probable que un mendocino sea detenido por averiguación de antecedentes a que sea víctima de un delito".

La averiguación de antecedentes engrosa los partes diarios policiales y tienen amplia difusión en los medios de comunicación masivos como parte de la política resultadista del quehacer de las comisarías. "Sin embargo, esta conclusión es absolutamente falsa, puesto que la detención por averiguación de antecedentes se encuentra casi exclusivamente destinada a perseguir y hostigar en forma injustificada a un sector determinado de la sociedad, los más humildes", señaló Xumex.

Y agregaron: "Se trata de una herramienta de imposición de poder y disciplinamiento social a jóvenes pobres".

 

Nace con la proscripción del peronismo

En el informe recuerdan también que "el instituto de la detención por averiguación de antecedentes nace el 14 de enero de 1958 en el ámbito nacional por medio del decreto-ley 333/58 Ley Orgánica de la Policía Federal donde se incorpora por primera vez esta facultad policial. El fundamento principal del instituto fincaba en que, en el marco de las polémicas elecciones nacionales (proscripto el peronismo), debía asegurársele a la población la mayor tranquilidad posible en el momento de la emisión del sufragio, ya que según las razones oficiales, esta se podía ver vulnerada frente a los potenciales ataques de militantes peronistas que trataran de impedir el normal funcionamiento del proceso electoral".

El 11 de setiembre de 1991, más de 30 años después y luego de las repercusiones por el homicidio de Walter David Bulacio, el Congreso dicta la Ley N° 23.950 "que suaviza escuetamente las facultades atribuidas a la policía, al modificar los lugares detención, señalando que las personas demoradas deben ser alojadas en lugares distintos a las personas detenidas por delitos o contravenciones. También disminuye el tiempo de detención de 24 horas a 10 horas como máximo", indicaron.

"En nuestra provincia, durante el terrorismo de estado, el gobernador de facto Bonifacio Cejuela sancionó en 1982 la Ley N° 4.697, la cual en su artículo 4 receptaba la facultad del órgano policial de detener con fines de identificación personal".

Dicha ley fue derogada por la Ley Orgánica de la Policía de Mendoza Nº 6.722 de 1999, producto de la purga policial realizada a raíz del homicidio del estudiante bonaerense Sebastián Bordón en El Nihuil a manos de policías.

La ley vigente expresa en su artículo 11, inciso 3: "Cuando fuere necesario conocer la identidad y antecedentes de una persona en razón de conductas, circunstancias, conocimientos previos o actitudes que razonablemente induzcan a sospechar que ha cometido un delito o está a punto de hacerlo, que se trata de un prófugo de la justicia o representa un peligro real para otros y se negare a informar sobre su identidad o a responder otros requerimientos sobre sus circunstancias personales. Tales privaciones de libertad deberán ser notificadas inmediatamente a la autoridad judicial competente y durarán el tiempo estrictamente necesario, el que no podrá exceder el término de doce (12) horas. Finalizado este plazo, en todos los casos la persona detenida deberá ser puesta en libertad o, cuando correspondiere, a disposición de la autoridad judicial competente".

De su simple lectura se observa, resumen los especialistas de Xumex, que dicha facultad resulta inconstitucional e inconvencional, por vulnerar derechos previstos en la Constitución de Mendoza, la Nacional y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional.

"El derecho a la libertad personal o ambulatoria se encuentra menoscabado por la detención con fines identificatorios; al privar de la libertad a una persona que no ha cometido delito alguno se está alterando o suprimiendo derechos y garantías fundamentales", subrayaron.

"En consecuencia, nos encontramos ante una facultad que es contraria a todos los principios establecidos en nuestras normas fundamentales y a cualquier interpretación judicial que de ella se haga, la cual se funda únicamente en la discrecionalidad del personal policial -carente de potestades jurisdiccionales-", sigue el informe de Xumex.

Los expertos detallan que una de las consecuencia de fogonear este tipo de detenciones es cristalizar con legitimación social un "mecanismo tendiente a la segregación de sectores específicos, provocando consecuencias sociales negativas como fomentar y perpetuar la discriminación y marginación, facilitando la comisión de abusos por parte del personal policial, y creando un conducto ideal para que la fuerza cree ámbitos de recaudación autónoma y reclutamiento de jóvenes para cometer ilícitos".

Luego apuntaron que "pese a los reclamos permanentes de parte de ciertos sectores de más policías en la calle, gran parte del recurso humano de las fuerzas está dedicado a la detención masiva de personas inocentes, con el objeto de engrosar las estadísticas. Sin embargo, esta facultad, no hace que la provincia sea más segura. La realidad demuestra que esto agrava la situación, despilfarrando recurso humano y económico en el uso de herramientas demostradamente ineficaces en la prevención y sanción del delito".

En noviembre las legisladoras del Frente de Izquierda y de los Trabajadores, Noelia Barbeito y Cecilia Soria, más organismos de Derechos Humanos presentaron ante la Legislatura provincial un proyecto de ley que pretende eliminar esta controversial figura legal.

 

Este es el informe completo de Xumex:

 

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