La Corte de Mendoza revocó una sentencia que condenó a perpetua a un joven que delinquió cuando era menor de 18

Share
Tiempo estimado de lectura: 3 minutos


Share

carcel

 

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza declaró nula una sentencia que había dictado la Segunda Cámara del Crimen de San Rafael el 8 de julio de 2003 que condenó a prisión perpetua un joven por un hecho ilícito cometido cuando éste era menor de edad. El fallo original, consideraron los supremos en un fallo del 22 de diciembre  -invocando jurisprudencia anterior-violaba disposiciones de la Convención de los Derechos del Niño (incorporada a la Constitución argentina en 1994). El joven en cuestión estuvo preso diez años.

Durante más de una década de cautiverio, al condenado en cuestión, de 16 años cuando cometió el delito, "se le negó y/o retaceó asistencia psicológica, psiquiátrica, atención por asistentes sociales, y pocas veces pudo inscribirse en la escuela en contexto de encierro, ya que los funcionarios penitenciarios le manifestaban '¿para que querés estudiar, si tenés perpetua?'", señaló en un comunicado la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos filial San Rafael.

La Suprema Corte provincial ordenó la inmediata puesta en libertad del interno, siguiendo los lineamientos del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que exige al Estado Argentino que adecue el sistema penal a los estándares internacionales de derechos humanos, y que asegure que “no se vuelva a imponer la prisión o reclusión perpetuas a quienes hayan cometido delitos siendo menores de edad”.

"Ante la ilegítima condena y los funestos efectos de la desidia penitenciaria, la APDH exhorta a las autoridades judiciales y penitenciarias a observar y hacer cumplir diligentemente las leyes y la constitución, tanto en materia de sentencias como en referencia al digno trato carcelario para la efectiva resocialización de las personas privadas de la libertad", indicaron.

Asimismo, y en sintonía con lo solicitado por la Procuradora de la Corte nacional, Alejandra Gils Carbó, en sentencias similares de preservación de la minoridad en apego a tratados internacionales, la APDH exigió al estado provincial "que proporcione urgentemente asistencia psicológica, educativa y un empleo a quien fuera víctima de tanta violencia institucional, para intentar revertir los efectos de más de una década de encierro carcelario sin la debida atención para su recuperación y reintegración social".

Un antecedente reciente en Mendoza
En agosto de este año, la Corte revocó una condena a prisión perpetua por "homicidio agravado" porque el condenado era menor de edad cuando cometió ese delito, el más grave de los contemplados por el Código Penal. El máximo tribunal suscribió el dictamen firmado por la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien a su vez sustentó su postura adversa a la máxima condena contra un adolescente en los tratados internacionales en materia de niñez y derechos humanos que la Argentina incorporó en la reforma de 1994 con rango constitucional.

Este pronunciamiento de la Corte se produjo en el caso de Diego Daniel Arce. El 26 de septiembre de 1997, cuando apenas superaba los 16 años de edad, fue sorprendido cuando presuntamente robaba botellas de gaseosas en el barrio Dorrego, de Mendoza. El dueño del comercio, Víctor Ponce, lo persiguió a bordo de su automóvil. Arce le disparó y lo mató.

El 3 de julio de 2002, el Tribunal en lo Penal de Menores de la Primera Circunscripción de Mendoza lo condenó a prisión perpetua por el delito de "homicidio agravado". La sentencia quedó firme. Pero pese a ello, "la Comisión Interamericana analizó la situación de otros individuos condenados a la misma pena que Arce, también a raíz de hechos cometidos cuando aún no habían alcanzado los 18 años de edad", y "concluyó que las condenas vulneraban la Convención Americana sobre Derechos Humanos".

Por ende, "obligó al Estado argentino a garantizar una revisión amplia, en la que se atendiera suficientemente a los estándares internacionales vigentes en materia de derecho penal juvenil".

*La imagen que acompaña la nota tiene relación directa con el hecho descripto. Es a mero carácter ilustrativo del tema.

Fuente: APDH San Rafael/Fiscales.gov.ar/Tiempo Argentino

 

 

Share