Los cafés, las heladerías y los locales de comida rápida no estarán obligados a recibir reserva previa de la clientela para abrir sus puertas, condición que sí deberán cumplir los restaurantes, entre otra serie de medidas de protocolo que fueron difundidas este miércoles y serán publicadas por el Boletín Oficial en las próximas horas.
Entre otras cosas, quienes pese a la pandemia quieran salir a comer a un restaurante deberán seguir las siguientes normas -so pena de una multa de $5mil para los incumplidores y de $50 mil para los comerciantes, advirtió el Ejecutivo-:
Se deberá concurrir exclusivamente con reserva previa realizada por medios no presenciales, con excepción de cafés, heladerías y locales de comida rápida, en los cuales no será necesario la reserva previa.
La reserva servirá como comprobante de autorización para circulación. A tal efecto el local deberá comunicar por algún medio electrónico la confirmación de la reserva.
Podrán efectuar la reserva los clientes a quienes le corresponda salir ese día según su terminación de DNI, quienes podrán acudir acompañados por personas con cualquier terminación de DNI, siendo la persona que efectuó la reserva responsable por el cumplimiento de las normas por parte del resto del grupo.
En todos los casos, los establecimientos deberán registrar a los clientes y sus acompañantes, determinando fehacientemente día y hora de permanencia, los que deberán ser registrados según la ficha adjunta del presente protocolo.
Los locales sólo podrán tener la mitad de su capacidad ocupada, con seis clientes como máximo por mesa, y la obligación de uso del tapabocas -en los casos de los empleados se obligará a tapaboca y máscara sobre el tapaboca- además de que deberá delimitarse las distancias con marcas en el suelo.
En otro tramo de la reglamentación se establece que: "Los insumos correspondientes al servicio de mesa (pan, hielo, servilletas, aderezos) serán provistos al cliente por el personal de servicio en el momento. Para evitar su
contaminación, estos elementos no deben quedar en las mesas".
Además ordena el gobierno:
• No realizar degustación de alimentos y/o bebidas.
• Se prohíbe la modalidad bufet autoservicio.
• No se podrán habilitar los espacios de juegos infantiles.
• Reemplazar servilletas de tela por servilletas de papel.
• No compartir utensilios para comer con otras personas.
•El personal del establecimiento deberá sugerir a los clientes higienizar manos antes y después de consumir alimentos con los productos que disponga en la mesa.
Esta es la norma completa: