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El Gobierno consiguió con los votos necesarios para restituir el Impuesto a las Ganancias en la cuarta categoría: desde ahora todos los que cobren 1.800.000 volverán a tributar. La votación resultó 136 votos a favor, 116 negativos y 3 abstenciones.
Tras largas horas de negociaciones, Diputados aprobó las modificaciones propuestas por el senado paquete fiscal, sin las insistencias que ya fueron sometidas a votación. El proyecto recibió 144 votos afirmativos, 108 negativos y 3 abstenciones.
Ganancias
Este capítulo, que obliga a volver a gravar los ingresos salariales superiores a los 1.800.000 pesos, fue aprobado con 136 votos positivos, 116 negativos y tres abstenciones.
Hasta pocas horas antes de la votación, el oficialismo tenía dudas de que iba a conseguir al menos la mitad más uno de los votos de los diputados presentes, pero los bloques colaboracionistas ajustaron clavijas y aportaron las voluntades que estaban faltando para completar el número.
Los puntos centrales
• Se repone el impuesto a las ganancias establece para que vuelvan a pagar el tributo los empleados de relación de dependencia que perciban 1.800.000 de sueldos brutos en el caso de los solteros y 2,3 millones de pesos de sueldos brutos para los casados.
• La actualización del Mínimo no Imponible se realizará dos veces por año en el 2025 pero este año también se hará en el mes de septiembre.
• Se reforma el impuesto a los bienes personales donde se eleva de 27 millones a 100 millones de Pesos el Mínimo no Imponible.
• La iniciativa establece alícuotas progresivas que van del 0,5% a 1,5%. Se eliminan las diferencias entre bienes locales y bienes en el exterior, que actualmente pagan una alícuota del 2,25%.
• Los contribuyentes cumplidores obtendrán una reducción de 0,5% según la alícuota que paguen del tributo.
• Se establece una moratoria para deudas tributarias, previsionales y aduaneras
• Se autoriza el pago adelantado por cinco años del impuesto de Bienes Personales con un alícuota especial de 0,45% por año.
• Blanqueo de Capitales se permite ingresar al sistema activos por un monto hasta 100 dólares sin pagar ninguna alícuota.
• Los contribuyentes que superen activos por 100 mil dólares pagan hasta el 30 de septiembre una alícuota del 5 por ciento sobre el excedente declarado, y desde octubre hasta diciembre una alícuota del 10 por ciento, y desde enero hasta marzo un 15 por ciento.
• No podrán ingresar al blanqueo los funcionarios que estuvieron en sus cargos en los últimos diez años, y sus familiares incluidos los hermanos.
• Las regalías de las mineras se mantendrán en tres por ciento en los actuales emprendimientos, pero se elevarán al cinco por ciento cuando se trate de nuevos emprendimientos.
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