
Uno de los abogados de Federico Soria, vecino y asambleísta de Uspallata detenido en marzo tras una protesta contra San Jorge presentó una denuncia formal contra el fiscal Juan Manuel Sánchez por "retardo de justicia" y "privación ilegítima de libertad", delitos que podrían acarrear severas consecuencias penales y administrativas para el representante del Ministerio Público.
Las causas contra asambleístas ambientales se inscriben en un patrón de persecución a los que protestan en Mendoza
La causa central que originó la controversia —caratulada "F. C/ CORNEJO MAURICIO Y OTS..."— se tramita en la Fiscalía N° 40 de la Unidad Fiscal de Delitos contra el Medio Ambiente. Sin embargo, las acusaciones trascienden el caso específico y apuntan a prácticas que vulnerarían garantías constitucionales fundamentales.
La orden de captura que no cesaba
Los hechos documentados revelan una sucesión de eventos que culminaron en lo que el denunciante califica como "una privación ilegítima de la libertad".
Según consta en los escritos de la defensa de Soria, el fiscal Sánchez había ordenado originalmente la captura de este asambleísta el 20 de febrero de 2025. El 3 de abril de ese mismo año, tras una audiencia, la jueza Claudia Tula del Juzgado Penal Colegiado N° 2 dispuso que Soria, y también Mauricio Cornejo, recuperaran su libertad.
El núcleo de la denuncia radica en que, pese a esta resolución judicial, el fiscal Sánchez "habría omitido levantar las órdenes de captura en contra de mi defendido el día 3 de abril de 2025, cuando la autoridad judicial dispuso su libertad". Esta omisión tendría consecuencias concretas meses después.
La detención en Neuquén y la revelación
La situación escaló en agosto de 2025, cuando el propio fiscal Sánchez autorizó a Soria a viajar a la Provincia de Neuquén entre el 13 y el 20 de agosto. Sin embargo, el 14 de agosto, al llegar a la terminal de Neuquén, Soria fue detenido por personal de la Policía Federal al encontrarse vigente una orden de captura emitida por el fiscal Sánchez.
El abogado denunciante relata en el escrito que, al conocerse esta situación, "me comuniqué telefónicamente con personal de la Unidad Fiscal, quien me comunicó que no podía ser, que la orden de captura había sido levantada en forma oportuna". Sin embargo, la realidad evidenciada en el expediente electrónico bajo los números de orden 476 a 480 mostraba que la Fiscalía recién había procedido a emitir los oficios correspondientes el 14 de agosto al mediodía, es decir, después de producida la detención.
Patrón de omisiones deliberadas
La denuncia va más allá del incidente específico y describe lo que califica como un "patrón de omisiones deliberadas" por parte del fiscal Sánchez. Según el escrito, el representante del Ministerio Público no solo omitió levantar la orden de captura después de la resolución judicial de abril, sino que además "omitió proveer el escrito del 23 de mayo de 2025, bajo el número de orden 398 por el que se solicitó el levantamiento de la orden de captura, y además también omitió proveer dicho escrito presentado el 19 de junio de 2025, bajo el número de orden 433, por el cual se solicitó el pronto despacho".
Estas omisiones recurrentes configurarían el delito de retardo de justicia previsto en el art. 168 del Código Procesal Penal de la provincia.
Acusaciones de prevaricato y teoría fragmentada
La gravedad de las acusaciones se profundiza con la imputación de prevaricato (art. 271 del Código Penal), que implica que un funcionario público dicta una resolución arbitraria a sabiendas de que es contraria a la ley.
El denunciante alega que el fiscal Sánchez actuó "mediante abuso de autoridad, al dictar el decreto de avoque omitiendo en forma dolosa los hechos acreditados en autos, construyendo en forma fragmentada una imputación falsa". En esencia, se acusa al fiscal de haber construido una teoría del caso selectiva que atribuía al defendido "haber realizado una conducta violenta, atentando contra el público pacíficamente reunido en un acto en favor de la instalación de la minera San Jorge en Uspallata", cuando en realidad los antecedentes demostrarían exactamente lo contrario.
Implicancias políticas e institucionales
El caso trasciende lo jurídico para adentrarse en el terreno político. La denuncia involucra a manifestantes pertenecientes a la U.O.C.R.A. (Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina), poderoso gremio con significativa influencia política, y se enmarca en el sensible contexto de la conflictividad social alrededor de proyectos mineros en la provincia.
Además, la acusación de violación al "Acuerdo de Escazú" —tratado regional sobre protección ambiental— añade una dimensión internacional al caso, particularmente sensible para un gobierno que ha buscado posicionarse como defensor de los derechos ambientales.
Un pedido de justicia que espera respuesta
Alfredo Guevara-Escayola, representante de la víctima de estas presuntas irregularidades, ha solicitado formalmente al Procurador General de Mendoza que investigue tanto el retardo de justicia como los delitos penales imputados al fiscal Sánchez, fundamentando su pedido en los artículos 168 y 159 del C.P.P. provincial y el artículo 28 inc. 21 de la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal 8008.
La denuncia concluye con una contundente afirmación: "El Dr. Sánchez privó ilegítimamente a mi defendido de su libertad personal, perjudicando además en forma deliberada la causa".
El caso ahora descansa en manos de la Procuración General de Mendoza, que deberá decidir si investiga a uno de sus propios fiscales en lo que podría convertirse en un precedente crucial para la rendición de cuentas dentro del poder judicial mendocino. El resultado tendrá implicancias no solo para las partes directamente involucradas, sino para la credibilidad misma de la administración de justicia en la provincia.