
Alfredo Cornejo redobló la apuesta punitiva de su política de gobierno con el envío de una reforma del Código de Contravenciones que propone penalizar a las familias con trabajo cominutario y multas por el bullying en las escuelas. Fue la respuesta al caso de una estudiante de La Paz que ingresó armada con una 9 milímetros a la escuela y disparó para luego atrincherarse, sin causar heridos pero si una enorme conmoción social.
El Ejecutivo presentó en la Legislatura el expediente 82327/2025, que propone reformar el Código de Contravenciones para incorporar la “responsabilidad parental por acoso escolar”. El proyecto, firmado por Cornejo y el ministro de Educación, Tadeo García Zalazar, sanciona con trabajo comunitario o multas a los adultos responsables de menores que cometan bullying, por “omisión del deber de vigilancia, orientación y cuidado”.
El giro responsabilizante
Aunque en sus fundamentos el texto habla de “crear conciencia” y “romper el ciclo de violencia desde el hogar”, el enfoque se desplaza rápidamente hacia la responsabilización. “La modificación del paradigma de la victimización y su desplazamiento a la responsabilización conduce a un cambio de percepción de la vida y las circunstancias”, señala el proyecto. Y agrega: “La sanción del trabajo comunitario se considera una medida ejemplarizante que, además de penalizar, busca crear conciencia sobre el impacto negativo del bullying”.
Los cinco artículos clave del proyecto
La reforma incorpora seis artículos nuevos al Título III del Código de Contravenciones. Estos son los cinco principales:
- Artículo 100 bis: “Será sancionado con trabajo comunitario de cinco (5) a cincuenta (50) días o multa de quinientas (500) a cinco mil (5000) unidades fijas, el padre, madre, tutor o responsable legal de un menor que incurra en actos de acoso escolar, cuando se verifique la omisión del deber de vigilancia, orientación y cuidado, y el hecho cause daño físico, psicológico o emocional a otro menor en el ámbito educativo o social.”
- Artículo 100 ter: “Previo a la intervención judicial, deberá agotarse una instancia administrativa a cargo de las autoridades escolares, quienes aplicarán un protocolo de actuación con equipos interdisciplinarios. Si los adultos responsables no asisten o incumplen los compromisos asumidos, el caso será derivado al Juzgado Contravencional.”
- Artículo 100 quater: “Las sanciones previstas podrán ser aplicadas de manera alternativa o conjunta, según la gravedad del hecho y la reincidencia. El juez podrá disponer trabajo comunitario, multa, o ambas.”
- Artículo 100 quinquies: “En caso de reincidencia, el juez podrá duplicar la sanción impuesta y establecer la obligatoriedad de asistencia a talleres de parentalidad, orientación familiar o tratamiento psicológico.”
- Artículo 100 sexties: “Los fondos recaudados por aplicación de multas serán destinados a un fondo provincial para la prevención, asistencia y reparación de víctimas de acoso escolar.”
El Estado en la esfera familiar
En conferencia de prensa, García Zalazar declaró: “Vamos a proponer una reforma del Código Contravencional (…) para ver qué corresponsabilidad les cabe a la familia y a los padres. No es solo responsabilidad de la escuela de 8 a 13”. El mensaje fue claro: el Estado intervendrá en la esfera familiar mediante una herramienta sancionatoria.
Un patrón punitivo consolidado
La reforma se inscribe en una línea de endurecimiento contravencional iniciada por Cornejo en 2015. Según el último informe de la Asociación Xumek, se han aprobado más de 25 reformas penales orientadas a ampliar el poder punitivo estatal. Un antecedente inmediato fue la figura de “reiterancia”, que permite encarcelar a quienes protestan en la vía pública por reincidencia, criticada por gremios y organizaciones sociales.
El fiscal Ad-Hoc Pablo Garciarena advierte que el programa oficialista “se ve reforzado por mecanismos punitivos de control social y disciplinamiento”, ejecutados en tándem con el jefe de los fiscales, Alejandro Gullé. El informe denuncia “persecución penal por razones políticas a dirigentes sindicales, referentes sociales y ex legisladores”.
¿Prevención o disciplinamiento?
Frente a este historial, la reforma contra el bullying genera un doble análisis. Si bien incorpora elementos pedagógicos como talleres y reparación comunitaria, el uso del Código Contravencional como vía principal arroja sombras sobre su espíritu. La violencia escolar y la crisis de salud mental juvenil, fenómenos complejos y multicausales, reciben una respuesta estatal centrada en el castigo.
La pregunta que queda abierta es si el Estado busca prevenir o disciplinar. Y si, en nombre de la seguridad, no está delegando en la justicia contravencional lo que debería discutirse en el ámbito educativo, social y comunitario.