Un nuevo capítulo en la tensa relación entre el Gobierno de Mendoza, las empresas mineras y las organizaciones ambientalistas se escribió hoy en los tribunales locales. El Tribunal de Gestión Asociada-Segundo, a cargo de la jueza Cecilia Landaburu, rechazó la medida cautelar solicitada por el abogado Marcelo Romano y la Asociación Civil OIKOS Red Ambiental, que buscaban suspender una audiencia pública clave para el proyecto minero PSJ Cobre Mendocino.
La decisión, que sienta un importante precedente, es vista por los opositores al proyecto como un nuevo espaldarazo de la justicia al plan minero impulsado por el gobernador Alfredo Cornejo.
El 2 de agosto habrá dos audiencias: una del Gobierno en el campamento minero de San Jorge y la otra de vecinos en la villa cordillerana
Días atrás, la Fiscalía de Estado avaló también la audiencia pública oficial, que se hará en un campamento minero d San Jorge, en la estancia Yalguaraz.
En respuesta a la organización de esta audiencia, vecinos y asambleístas organizaron otra, en la villa cordillerana, a la que acudirán desde varios puntos de la provincia con un caravanazo.
Una audiencia en el ojo de la tormenta
El centro de la disputa es una audiencia pública que se había convocado para el próximo 2 de agosto de 2025. El objetivo de la misma era poner a consideración el Informe de Impacto Ambiental del proyecto PSJ Cobre Mendocino, presentado por la empresa Minera San Jorge S.A. Sin embargo, la fecha y, sobre todo, el lugar elegido para la realización de la audiencia generaron un fuerte rechazo por parte de los ambientalistas.
Según lo denunciado por los amparistas, la audiencia debía celebrarse “en las inmediaciones del proyecto minero PSJ Cobre Mendocino, en medio de la Cordillera de Los Andes, en plena época invernal y en un sitio de difícil e imposible acceso”. Esta situación, sostuvieron los denunciantes, “vulnera de manera flagrante los derechos fundamentales” de la ciudadanía, incluyendo el derecho a un ambiente sano, a la información y a la participación política, tal como lo consagra el Acuerdo de Escazú.
El amparo y la cautelar señalaron las escasas garantías de participación popular a la audiencia del Ejecutivo.
En sus presentaciones, tanto Romano como OIKOS solicitaron no solo la suspensión de la audiencia, sino también que se obligara a la autoridad ambiental minera a realizar una nueva convocatoria. Pidieron que esta se llevara a cabo “en un lugar de fácil acceso que permita la asistencia en forma personal a todos los habitantes que deseen participar, cualquiera sea su condición, como puede ser el centro urbano de la localidad de Uspallata, Las Heras, Mendoza”. La Asociación Civil OIKOS, por su parte, añadió una serie de requisitos adicionales, como que la audiencia se realizara en zonas accesibles, con infraestructura adecuada, en un lugar neutral y con monitoreo judicial.
Los argumentos de la Justicia: "Humos de buen derecho" insuficientes
A pesar de los sólidos argumentos presentados por los amparistas, la jueza Cecilia Landaburu fue contundente en su fallo. En su resolución, rechaza la medida cautelar al considerar que no se cumplen con los "recaudos procesales" necesarios para su procedencia, específicamente el de la "verosimilitud del derecho invocado" (también conocido como fumus bonis iuris).
En su análisis, la magistrada sostiene que para que una medida cautelar sea viable, es necesario que la parte demandante presente una “apariencia o verosimilitud del derecho invocado” que permita prever que su reclamo principal puede tener éxito. Sin embargo, en este caso, el Tribunal de Gestión Asociada-Segundo estimó que “no se encuentra reunido el presupuesto citado con una entidad suficiente que permita sostener que el derecho invocado por los amparistas es verosímil”.
El fallo se apoya en el informe presentado por la parte demandada, la Provincia de Mendoza, que detalla las medidas tomadas para garantizar la participación en la audiencia. Entre estas, se menciona que toda la documentación técnica del proyecto está disponible en el sitio web oficial de la Autoridad Ambiental Minera. Además, se destaca que se implementaron diversas modalidades de participación: presencial, virtual con derecho a voz, y la posibilidad de seguir la transmisión en vivo por el canal de YouTube del Ministerio de Energía y Ambiente. También se permitió la presentación de documentos por escrito hasta el 30 de julio, con la posibilidad de subir material complementario hasta cinco días hábiles después de la audiencia.
Para la jueza Landaburu, estas opciones desvirtúan el argumento central de los ambientalistas. “A la luz de lo arriba transcripto, no advierto prima facie el humo de buen derecho que justifique la procedencia de la medida bajo análisis, siendo insuficiente el simple temor subjetivo de los peticionantes”. La jueza concluye que los amparistas no han aportado “elementos ajenos a su mera subjetividad” que demuestren un riesgo real de afectación a sus derechos a la información y la participación política.
Las implicancias del fallo y el futuro del megaminería
Este fallo se suma a otros antecedentes judiciales que han favorecido al desarrollo minero en la provincia de Mendoza. La decisión de la jueza Landaburu no solo permite la realización de la audiencia del 2 de agosto en las condiciones estipuladas por el Gobierno, sino que también establece un marco legal que podría ser utilizado en futuras disputas.
El rechazo a la cautelar es un revés para el movimiento ambientalista en Mendoza, que ha luchado activamente contra la megaminería. A través de este fallo, la justicia provincial da un mensaje claro: las medidas de participación implementadas por el Gobierno, que incluyen opciones virtuales y por escrito, son consideradas suficientes para garantizar los derechos de la ciudadanía, incluso cuando la convocatoria a la audiencia presencial se realiza en lugares de difícil acceso.
El proyecto PSJ Cobre Mendocino, que avanza con la venia de la justicia, se suma a otros planes mineros que el gobierno provincial busca impulsar como parte de su estrategia de desarrollo económico. La resolución de hoy refuerza la posición del gobierno de Alfredo Cornejo.
rechazo de cautelar por audiencia San Jorge by Explícito Online